Revista Asaja Aragón – Abril 2013
En el número 73 de la revista de ASAJA Aragón podrás encontrar un resumen del IV Congreso Ibérico del Maíz celebrado en Barbastro, además de la entrega de premios del II Concurso Periodista Agro Escolar que organiza nuestra organización agraria.
Jóvenes agricultoras y ganaderas como Patricia Martínez y Marina Malo, ofrecen esperanza y optimismo para el mundo rural aragonés. Ellas son las protagonistas de nuestra publicación.
Al inico del 2025 en nuestra portada asuntos que nos preocupan: -Ley de Bienestar Animal en el Transporte: sobrecoste de 332€/100km en vacuno y 214€/100km en ovino -Ley de Agricultura Familiar en Aragón: urge derogar los artículos 8,15 y 29
¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?
SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.
Se considera una herramienta más para el manejo de la explotación, no solamente la analítica de suelos, también de abonos químicos y de enmiendas orgánicas (purines), de hojas y de agua de riego sobre todo si es de pozo.
Hay que solicitarlo exclusivamente de manera telemática, a través de la página de la Agencia Tributaria.
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.
Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
Existe obligatoriedad si: