Publicado el 03/06/2026

“La decisión del MAPA puede arruinar la cosecha de maíz del Valle del Ebro”

ASAJA Aragón ha mostrado su total disconformidad y malestar ante la resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) que rechaza la autorización excepcional de las materias activas Abamectina para el control de la araña roja en el cultivo del maíz. La organización agraria considera que esta decisión puede tener consecuencias muy graves para los agricultores del Valle del Ebro, hasta el punto de comprometer seriamente la cosecha de maíz de esta campaña.El excesivo calor registrado durante el inicio del ciclo de cultivo ha favorecido una proliferación extraordinaria de la araña roja, una plaga que, de no controlarse adecuadamente, puede provocar importantes pérdidas de producción y calidad.

Desde ASAJA Aragón se denuncia que las alternativas propuestas por el Ministerio son, en muchos casos, económicamente inviables para las explotaciones agrarias y presentan una eficacia claramente inferior en la erradicación y control de estas plagas. Esta situación obliga a los agricultores a incrementar los tratamientos y los costes de producción en una campaña especialmente complicada.

La organización recuerda que el sector atraviesa un momento de enorme incertidumbre debido al incremento de los costes de producción, especialmente los energéticos, agravados por la tensión geopolítica internacional y los elevados precios derivados de la crisis en el estrecho de Ormuz. En estas circunstancias, los productores de maíz necesitan alcanzar rendimientos de entre 12.000 y 15.000 kilogramos por hectárea simplemente para cubrir gastos, por lo que cualquier merma productiva derivada de la acción de las plagas puede comprometer la viabilidad económica de muchas explotaciones.

ASAJA Aragón considera que la negativa del MAPA responde más a criterios ideológicos que a criterios estrictamente técnicos y agronómicos. La organización entiende que la excepcionalidad de la situación actual, unida a la ausencia de alternativas realmente eficaces, justificaría plenamente la autorización temporal de estas materias activas para proteger los cultivos y garantizar la rentabilidad de las explotaciones.

“La proliferación de la araña roja se puede adelantar 15 o 20 días y puede ser especialmente intensa esta campaña debido a las altas temperaturas registradas desde el inicio del cultivo. Con la autorización excepcional de la Abamectina podría realizarse un control eficaz de la plaga y evitar daños irreversibles en numerosas parcelas de maíz”, señalan desde la organización.

ASAJA Aragón trasladará formalmente su desacuerdo y malestar tanto al Gobierno de Aragón como a ASAJA Nacional, con el objetivo de impulsar nuevas gestiones ante el Ministerio y reclamar que se reconsidere la decisión adoptada. Asimismo, insistirá en la necesidad de autorizar excepcionalmente esta materia activa para que los agricultores dispongan de herramientas eficaces con las que hacer frente a una situación fitosanitaria que amenaza gravemente la producción agrícola de esta campaña.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo comprar productos fitosanitarios sin tener el carnet de aplicador para tratar el huerto?

No, ninguna empresa o casa comercial puede vender productos a una persona que al menos debería tener mínimo el carnet de aplicador nivel básico.

¿Qué documentación es necesaria para la realización del cuaderno de campo?
  • Facturas de productos fitosanitarios de toda la campaña agrícola.
  • Datos maquinaría agrícola empleada.
  • Justificantes SIGFITO.
  • Facturas cosecha.
¿Cuándo puede solicitarse la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior.

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿Puede un autónomo contratar personal?

Un autónomo, al amparo de su actividad agropecuaria y empresarial, puede contratar trabajadores por cuenta ajena como cualquier otra empresa.

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