Aprobada La Ley Para Que Los Productores Cobren Por Ley En 30 Días

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado, por unanimidad, la reforma de la Ley de Morosidad que ‘recoge practicamente’ todas las propuestas que durante tres meses han defendido las organizaciones agrarias, ASAJA, Coag, Upa y Cooperativas Agro-alimentarias.La excepción, el establecimiento de un régimen sancionador demandado por el sector para toda la cadena alimentaria. Al final, sólo lo habra en la Ley de Comercio Minorista, pero ‘debería haberse extendido al resto de los eslabones de la cadena’, según critican las organizaciones agrarias.En este sentido, OPAS y cooperativas instan a las comunidades autónomas a hacer un ‘esfuerzo adicional’ para garantizar el control y la aplicación efectiva de la nueva normativa.Entre las demandas aprobadas, la eliminación de la clausula ‘salvo pacto entre las partes’; los plazos de pago, que para los frescos sera de 30 días y de aplicación inmediata y para el resto seran 60 días aunque se ha acordado un calendario progresivo de aplicación hasta el punto de no retorno en 2013; el cómputo de plazo, sera a partir de la entrega de la mercancía y no desde la emisión de la factura; y se suma la obligatoriedad de documentar la operación de entrega y recepción así como la de estipular en las cuentas anuales el plazo medio de pago a los proveedores, lo que permitira conocer si la empresa cumple con los plazos de pago que estipula la ley o si, por el contrario, es morosa.En España, según denuncian las OPAS, los plazos de pago real, que alcanzan los 101 días en operaciones comerciales entre empresas privadas y los 154 días en las relaciones comerciales con la Administración, duplican los plazos de pago de países como Alemania, Gran Bretaña y Francia y triplica y cuadriplica con respecto a países como Dinamarca o Suecia, lo que repercute muy negativamente en nuestra competitividad.

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Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las necesidades de fertilización máximas?

En Zona Vulnerable 170 y en Zona no Vulnerable 210.

¿Qué son las enfermedades preexistentes?

Son las enfermedades que el interesado ya tenía antes de la contratación del seguro médico y dependerá del seguro contratado si puede tratarse o no, o qué coste extra tendrá ese tratamiento.

¿Existen bonificaciones para la contratación de trabajadores?

Dependiendo de la modalidad de contratación, existen diferentes tipos de bonificaciones, siempre cumpliendo una serie de requisitos, tanto la empresa que contrata como el trabajador.

¿Puedo realizar otros trámites relacionados con la PAC en mi solicitud conjunta?

Si, en la Solicitud Conjunta además de todas las Ayudas anteriormente descritas se pueden realizar los siguientes trámites:

- Cesiones de Derechos de Pago Base

- Solicitud de Derechos de Pago Base a la Reserva Nacional

- Alegaciones al SIGPAC

Para informarte mejor sobre cada una de estas solicitudes, llámanos a nuestras oficinas de ASAJA HUESCA y un técnico resolverá tus dudas.

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