Hasta el 20 de abril de 2016Modelo 303, autoliquidación del IVAModelo 111, retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo y actividades económicasModelo 130, pagos fraccionados I.R.P.F.Modelo 202, pagos fraccionados Impuesto Sociedades
Hasta el 20 de abril de 2016Modelo 303, autoliquidación del IVAModelo 111, retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo y actividades económicasModelo 130, pagos fraccionados I.R.P.F.Modelo 202, pagos fraccionados Impuesto Sociedades
ASAJA advierte de que quedan fuera cultivos, producciones y zonas gravemente dañadas durante 2025 por las inclemencias meteorológicas, los daños de la fauna salvaje o las plagas.
Alejo Santos Clavero, de 4 años, acompañado de sus compañeros y profesores han disfrutado de la visita a la explotación de vacuno y manzana ecológica de Luis Lascorz, Casa Fes en Ainsa
A más de un mes del inicio de la campaña de la Renta, sigue sin publicarse en el Boletín Oficial del Estado, la rebaja de los índices de rendimiento neto por las inclemencias meteorológicas y circunstancias adversas de la campaña pasada
Desde el año 2016, el plazo de presentación de la Solicitud Única se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.
Mediante la Solicitud Única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez.
Desde ASAJA HUESCA te recordamos la importancia de que se cumplimente correctamente dicha solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.
Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por agricultores y ganaderos- la correspondiente solicitud de devolución.
Esta presentación se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.
En la solicitud deberá constar:
NIF: 9 caracteres
Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.
Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.
Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.
El volumen de litros consumidos e importe del mismo.
En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.
La fecha y número de factura de cada operación de suministro o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.
Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.
Si el aumento de prima no está previsto en la póliza, la subida de la prima propuesta por la entidad aseguradora deberá ser aceptada por el tomador. Si la subida propuesta es para la siguiente renovación del contrato, deberán comunicárselo con una antelación mínima de dos meses a la citada renovación En caso de que el asegurado no acepte la subida de la prima, la entidad podrá negarse a prorrogar el contrato para el siguiente periodo de cobertura.
Si no se respeta el plazo de dos meses, la subida de primas no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador, y por tanto la entidad deberá respetar la prima del periodo anterior.
Debe introducir el código de barras de la última PAC registrada, puede haber una Solicitud de Modificación.