Campaña Pac 2009

Déjate asesorar por los profesionales de ASAJA Huesca. Infórmate en los teléfonos 974 313 242 y 974 240 061 NOVEDADES El plazo de presentación de la solicitud conjunta abarcara entre el 1 de febrero y el 30 de abril. Las novedades mas destacadas son las siguientes: 1.- Desaparecen los índices de barbecho. 2.- La retirada voluntaria maxima es del 10%, pudiendo por condiciones climaticas adversas ampliarse hasta el 80%. Esta ampliación se hara a facultad de la Comunidad Autónoma. 3.- Para percibir el suplemento de trigo duro y/o la prima de calidad sera necesario percibir la ayuda por superficie como cereal y utilizar semilla certificada con la dosis mínima exigida. Desaparecen los derechos de trigo duro en regadío y la exigencia de rotación del cultivo (al igual que el año pasado). 4.- Los períodos de solicitud de la prima de sacrificio sufre las siguientes variaciones: en anímales sacrificados en España sólo habra un período de solicitud, que coincidira con el de la solicitud única. La administración calculara posteriormente los animales con derecho a prima en función de los animales que han salido de la explotación con destino a matadero. En anímales sacrificados en otro Estado Miembro de la UE o exportado vivo a terceros países los períodos de solicitud son los siguientes: – Del 1 al 30 de junio. – Del 1 al 30 de septiembre. – Del 1 de diciembre al 15 de enero del año siguiente. 5.- Justificación de derechos normales: a partir de esta campaña las superficies de viña para vinificación sirven para justificar derechos normales. 6.- Justificación de los derechos de retirada: no hay obligación de retirar de la producción las hectareas utilizadas para justificar derechos de retirada, pudiendo sembrarse las tierras con cualquier cultivo herbaceo con excepción de patatas distintas de las destinadas a la fabricación de fécula y hortalizas distintas de tomates para transformación. 7.- Comunicación de cesiones de derechos de ayuda: el plazo de inicio el 1 de noviembre de 2008 y finaliza el 19 de marzo de 2009, salvo para cambios de titularidad por motivo de herencias, jubilaciones, programas aprobados de cese anticipado e incapacidad laboral permanente, fusiones, escisiones y cambios de personalidad jurídica, que se podran presentar hasta el 30 de abril. 8.- Integración de otros sectores en el régimen de pago único: a los viticultores que hayan realizado entregas de uva que posteriormente se haya utilizado para la elaboración de mosto no destinado a la vinificación en las campañas 2005/2006 y/o 2006/2007 se les asignaran derechos provisionales antes del 1 de febrero de 2009. La asignación provisional se comunicara a efectos informativos para que puedan presentarse alegaciones. Los derechos definitivos de pago único se calcularan en 2009, tras finalizar el periodo de solicitud de admisión al régimen de pago único y de presentación de alegaciones, y se asignaran, a mas tardar, el 31 de Diciembre de 2009.

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Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si no tengo el cuaderno de campo actualizado?

Reducción o exclusión del beneficio de los pagos directos.  Por el incumplimiento de las buenas condiciones agrarias y mediambientales que deben cumplir los agricultores que reciban pagos directos en el marco de la política agrícola común, los beneficiarios de determinadas ayudas de desarrollo rural, y los agricultores que reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión y a la prima por arranque de  viñedo.

¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

Intento sacar el cuaderno y me da “Error: Checksum PAC es incorrecto” ¿qué debo hacer?

Debe introducir el código de barras de la última PAC registrada, puede haber una Solicitud de Modificación.

¿Qué debe de cumplir la maquinaría con la que realizo los tratamientos fitosanitarios?

La maquinaría debe estar inscrita en el ROMA y tener la ITEAF vigente.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.