El Consejero Lobón Quiere Cerrar Una Postura Unitaria Sobre La Pac Para El 15 De Febrero

El consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Aragón, Modesto Lobón, ha enviado a los sindicatos agrarios un borrador sobre la reforma de la Política Agraria Común y espera cerrar un documento definitivo con una postura unitaria aragonesa para el 15 de febrero para poder exponerlo en el Parlamento europeo y ante las Cortes Generales, para lograr ‘la maxima fuerza política’.Desde la consejería se ha creado un grupo de trabajo para alcanzar una postura nacional respecto de la reforma de la PAC con el conjunto de las comunidades autónomas, en la que se quieren incorporar los planteamientos diferenciados de cada territorio. Lobón ha mantenido contactos con todas las organizaciones del sector y la consejería envió un borrador de un posible acuerdo para que emitan las consideraciones que consideren oportunas antes de final de mes.El borrador, que estudian los servicios técnicos de ASAJA Aragón, se centra en tres cuestiones fundamentales de la propuesta de reforma:a) Una definición mas clara de lo que se entiende por región, para que sea lo mas agronómica posible; b) el complemento ‘verde’, que es excesivo y mas en las condiciones que se imponen a los agricultores para acceder a él, c) y la intervención en los mercados.Sobre este último punto Modesto Lobón cree que ‘choca quiza’ con la política liberal de la UE, pero en este caso hay que hacer ‘excepciones’ porque ‘si no, el campo no se sostiene’ y es necesaria una intervención directa en los mercados ante situaciones sobrevenidas o una bajada bajadas repentinas de los precios.Para el consejero aragonés, debe haber una capacidad de intervención en los mercados superior a la que ha habido hasta ahora en cuanto a eficacia, rapidez y fondos disponibles, ademas de mecanismos de fortalecimiento de los productores frente a las grandes cadenas. Ademas se estan haciendo gestiones para alcanzar alianzas estratégicas con otras Comunidades Autónomas con las que se comparten intereses, como con Cataluña en relación con el vacuno de engorde y Castilla-La Mancha y Castilla y León en producciones herbaceas o cerealistas.Foto: Modesto Lobón en su encuentro con ASAJA Aragón en Huesca

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Preguntas frecuentes

¿Se deben tener en cuenta las pendientes de las parcelas a la hora de la fertilización?

Según el porcentaje de pendiente de una parcela no se podrán aplicar

  • Pendiente inferior al 10%: Se puede aplicar cualquier tipo de abonado
  • Pendiente entre 10-20%: se podrán aplicar fertilizantes de TIPO II y III pero no fertilizantes minerales o de síntesis.
  • Pendientes superiores al 20%: Solo aplicaciones  de origen orgánico, tipo deyecciones ganaderas con cama y materiales compostados (estiércol).
¿Puede mi banco obligarme a suscribir un seguro cuando contrato una hipoteca?

Aunque la normativa del mercado hipotecario sólo exige un seguro de daños que cubra, como mínimo, el riesgo de incendio por el valor del inmueble, el banco sí puede someter la concesión de un préstamo al cumplimiento de ciertos requisitos, entre ellos la contratación de un seguro de vida o de amortización de préstamos.

En todo caso, la contratación del seguro debe hacerse con su consentimiento.

¿Puedo asegurar un objeto por encima de su valor de tasación?

Podría hacerlo, pero no es una práctica muy recomendable, ya que pagare una prima más elevada y, si ocurre el siniestro, me indemnizarán como máximo por el valor del daño sufrido (que coincidirá, generalmente, con el valor de tasación).

¿Aporta algún beneficio realizar una analítica de suelos?

En primer lugar nos informa del tipo de suelo que tenemos en nuestra explotación para ayudarnos a comprender el comportamiento de nuestros cultivos, y en su caso nos ayuda en el manejo del agua de riego. Indudablemente puede suponer un beneficio económico directo al ajustar debidamente la cantidad de abono a aportar según las necesidades de nuestro cultivo y nuestro tipo de suelo.

¿Qué ocurre si no tengo el cuaderno de campo actualizado?

Reducción o exclusión del beneficio de los pagos directos.  Por el incumplimiento de las buenas condiciones agrarias y mediambientales que deben cumplir los agricultores que reciban pagos directos en el marco de la política agrícola común, los beneficiarios de determinadas ayudas de desarrollo rural, y los agricultores que reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión y a la prima por arranque de  viñedo.