El Granizo Que Cayó Sobre El Bajo Cinca Afectó A 1300 Ha. De Frutales

La tormenta de granizo que cayó el pasado martes en la comarca del Bajo Cinca, en la provincia de Huesca, afectó especialmente a una zona de 1.300 hectareas de frutales y causó mayor perjuicio en nectarina, paraguayo y platerina, según el sindicato agrario Asaja.El presidente de Asaja Huesca, Fernando Luna, ha explicado hoy a Efe que la tormenta ha afectado sobre todo a las poblaciones de Zaidín, Ballobar, Belver de Cinca y Almudafar y ha añadido que esta siendo un verano ‘aciago’ en tormentas en Aragón.El mayor perjuicio ha sido para los frutales de nectarina, paraguayo y platerina -un melocotón mezcla de paraguayo y nectarina-, aunque también ha afectado a la pera y al caqui, cuya recolección es mas tardía.En la zona afectada por la última tormenta se incluyen también campos de cereal como arroz y maíz y también de alfalfa y forraje.Luna ha insistido en la necesidad de lograr el 100 por cien del seguro agrario con precios asequibles y buena cobertura y de un acuerdo entre las partes en la consecución de la red antigranizo dado que existen posiciones encontradas y se solapan competencias.Con el fin de evitar o minimizar los daños causados por estas tormentas de piedra, el presidente de Asaja en la provincia de Huesca ha apostado porque los agricultores hagan un seguro y porque éste tenga un precio ‘asequible’ y una cobertura ‘buena’.Ademas de tratar de alcanzar un amplio dialogo en relación con la red antigranizo, Luna ha incidido en que no debería haber ninguna explotación agrícola sin mallas para lo que es necesario, ha dicho, que se retome la política de ayudas para colocarlas en el cien por cien de las explotaciones.Las mallas antigranizo suponen un coste de alrededor de 15.000 euros por hectarea y el seguro agrario ha subido este año casi un 40 por ciento y se prevé que en 2014 vuelva a subir.El mayor perjuicio de la granizada del martes ha sido sobre el melocotón, la nectarina y el paraguayo. Las hectareas afectadas en Zaidín, han sido la mayor parte.

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Preguntas frecuentes

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Por qué necesito un seguro de responsabilidad civil?

Por lo general, este seguro tiene por objeto cubrir daños a terceros, siempre que éstos se produzcan con culpa o negligencia del asegurado.

Cubrirá la muerte o lesiones causadas a terceros, los daños materiales a bienes pertenecientes a terceros y los gastos de defensa del asegurado, incluso por reclamaciones infundadas, así como honorarios y gastos de toda clase, de cargo del asegurado civilmente responsable.

¿Cuáles son los requisitos de agricultor activo?

Para ser considerado agricultor activo, el solicitante de las ayudas de la PAC debe acreditar que no realiza ninguna de las actividades excluidas recogidas en el artículo 9.2 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Tampoco se concederán pagos directos si la persona física o jurídica, o el grupo de personas físicas o jurídicas, ejercen el control de una entidad asociada que realiza alguna de estas actividades excluidas. 

¿Puede un autónomo contratar personal?

Un autónomo, al amparo de su actividad agropecuaria y empresarial, puede contratar trabajadores por cuenta ajena como cualquier otra empresa.

¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.