El Marm Transferira En Plazo Los Fondos De La Jubilación Anticipada En La Actividad Agraria

El Ministerio de Medio Ambiente y del Medio Rural y Marino ha comunicado a última hora de la mañana de hoy al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón que, finalmente, va a remitir en plazo los fondos correspondientes a la línea de Jubilación Anticipada en la Actividad Agraria, que se haran efectivas en los plazos previstos, es decir, antes de final de año, con completa normalidad.Hasta esa hora el Ministerio mantenía la imposibilidad de realizar las transferencias de hasta el día 4 de enero, fecha a partir de la cual el Gobierno de Aragón iniciaría los pagos. El Ministerio rectifica y ahora transferira los fondos en plazo.La línea de Jubilación Anticipada en la Actividad Agraria se financia entre FEADER (27.327 euros), Gobierno de Aragón (36.943 euros) y Ministerio de Medio Ambiente y del Medio Rural y Marino (36.942 euros). La reciben en Aragón 196 personas.Se mantiene el retraso en la línea de Zonas Desfavorecidas de Montaña, que alcanza un montante en la Comunidad Autónoma de Aragón de 5.100.367 euros y es recibida por 4.369 aragoneses. Se trata de una línea en cuya financiación participan el FEADER comunitario (50%), el Gobierno de Aragón (25%) y el propio Ministerio (otro 25%). Señalar que tanto el FEADER como el Gobierno de Aragón han dispuesto ya sus fondos aunque los reglamentos comunitarios prohíben, en todo caso, realizar pagos parciales, sin la contribución completa de todos los partícipes en la financiación.

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Preguntas frecuentes

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de fertilización?

En esta situación podemos encontrarnos con dos casos en la que presenten obligatoriedad en la realización de este cuaderno.

  1. Presenten PAC y al menos alguna de sus parcelas estén situadas en Zona Vulnerable. En este caso, solamente deberá entregarse el cuaderno de fertilización aplicada con las parcelas que se encuentren en esta situación.
  2. Si han solicitado ayuda de incorporación y/o modernización y aunque ninguna de sus parcelas agrícolas se encuentren en Zona vulnerable. Se deberá realizar el cuaderno de fertilización de todas las parcelas que se encuentren en su PAC.
¿Qué necesito presentar para poder acceder al Plan Renove de Maquinaria?

Nosotros realizaremos el trámite y solicitud. Tu simplemente aportanos lo siguiente:

Facturas de la maquinaria nueva

Certificado de achatarramiento

Tarjetas de ROMA

Identificación de la explotación...

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿Por qué contratar un seguro de retirada y destrucción de animales muertos con el sistema de seguros

Garantiza incluso la mortalidad no habitual de una explotación.

Cubre la recogida y destrucción por sacrificios en la explotación, decretados por la Administración.