El Número De Explotaciones Apícolas Crece En España Pero Baja En Aragón

Los datos del MARM a 1 de mayo recogen que, por Comunidades Autónomas, destacan los crecimientos de Castilla y León, con 4.130 explotaciones (+1,7 %), seguida Castilla-La Mancha, con 1.657 (+0,60 %); Andalucía, con 3.328 (+3,45 %); en los descensos, Galicia, con 3.451 (-0,26 %); Comunidad Valenciana, con 1.723 (-1,4 %); País Vasco, con 1.579 (-9,6 %); y Aragón, con 1.376 explotaciones (un 1,64 % menos). En cuanto al censo, el volumen total se sitúa a 1 de mayo en 2.498.003 colmenas, un 0,83 % mas que en el mes de julio de 2010. Desde julio de 2006 el incremento en el número de colmenas ha sido continuado y se ha pasado de las 2.182.992 que había entonces a las 2.498.003 que hay registradas en la actualidad, situadas principalmente en Andalucía (541.925), Extremadura (444.878), Castilla y León (401.908) y Comunidad Valenciana (398.850). Respecto al comercio exterior de España en el sector de la miel, las cifras del Ministerio recogen que en 2010 exportó 21.555 toneladas, un 34,5 % mas que en 2009, de las que 18.799 se comercializaron a otros países de la Unión Europea (UE) y el resto (2.756) a países terceros. Entre los países de la UE, Francia se sitúa como principal destinatario de la miel española, con 8.507 toneladas, seguida de Alemania, con 3.268; Italia, con 2.550; Portugal, con 1.084; y Reino Unido, con 1.013. Por su parte, las importaciones españolas de miel se situaron en 17.718 toneladas en 2010, un 16 % mas, de las que 13.091 toneladas procedieron de países terceros, principalmente de China (11.327). Estas cifras también recogen que, ademas de China pero en menores cantidades, España importó miel de Uruguay (678 toneladas), México (174); Brasil (105), Turquía (83) o Cuba (54). De la UE, los principales proveedores de miel a España son Bélgica (1.710 toneladas) y Alemania (1.081 toneladas).

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Preguntas frecuentes

¿Puedo acceder a las ayudas si no tengo maquinaria vieja?

No puedes acceder a las ayudas si no tienes maquinaria vieja. Una de las bases de esta ayuda es que se achatarre la maquinaria vieja.

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o deducir de dicho importe el IVA?

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o se debe deducir de dicho importe el IVA?

El importe que se debe consignar es el importe total de la factura.

Cuando se ha adquirido gasóleo con cheques-gasóleo bonificado y el titular del establecimiento de venta minorista ha expedido factura, ¿se debe consignar en la solicitud de devolución el número de factura y el resto de los datos de la misma?

Las adquisiciones de gasóleo bonificado para las que el medio de pago utilizado haya sido el cheque gasóleo-bonificado, solo deben figurar en el apartado de la solicitud titulado “Adquisiciones realizadas mediante Cheques gasóleo”.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.