El Regalo De Bodas Del Sr. Ciolos A Cayetana De Alba

No sabemos si el Comisario de Agricultura Sr. Ciolos, estaba invitado a la famosa boda celebrada en Sevilla. Lo que sí es evidente, es que su propuesta del pasado día 12 de reforma de la PAC para 2014, habra alegrado inicialmente aún mas a nuestra famosa y entrañable duquesa.Todos los terratenientes y grandes propietarios, incluida alguna arruinada constructora, dueños de cotos, bancos que han ejecutado hipotecas rústicas, ayuntamientos rurales y administraciones propietarias de montes estan de enhorabuena. El Sr. Ciolos ha anunciado a tres años vista que quiere hacer una nueva foto en 2014, para pagar las ayudas de la PAC a los que aparezcan en ella.Pobres agricultores y ganaderos directos que no sean dueños de la tierra que trabajan; van a ser desalojados en muchos casos, que se preparen a litigar. El propietario no consentira que sean ellos los que aparezcan en la foto y cobren la PAC, como ocurrió en la anterior Reforma. Como ejemplo, en Cataluña mas del 50 % de las tierras declaradas en la PAC son arrendadas.Solo a alguien con mentalidad burocratica se le ocurre anunciar a tres años vista que va a cambiar la clave de reparto para 4.934 millones de euros propuestos para España y pensar que eso no tiene consecuencias inmediatas en miles de explotaciones.Nunca las asignaciones de derechos se habían anunciado a futuro, en la Reforma del 2003 la referencia fueron 2000-2001-2002. En el desacoplamiento definitivo del ovino y el cereal, la referencia fue 2007-2008, igual que en sacrificio de vacuno o alfalfa, pero se supo después.La gran paradoja en España, no es que faltan tierras, tenemos 16 millones de derechos de pago único (DPU) pero en la PAC de 2011 hemos declarado mas de 29 millones de hectareas. El problema es que no coinciden en gran medida los titulares de los Derechos que se quieren abandonar, con los propietarios de la tierra, a quien se quiere pagar.Los terratenientes pueden invitar al Comisario a sus celebraciones, lastima que con los recortes presupuestarios, los reverdecimientos, etc. estamos hablando de una raquítica ayuda basica por hectarea inferior a los 100 euros, justo lo propuesto por algún grupo en el Parlamento Europeo el año pasado. Puede que hasta la duquesa salga perjudicada, (regalo envenenado), pero menos que arrendadores, profesionales, ganaderos y cultivos de regadío e intensivos.La propuesta de Reforma es un café para todos, que no sirve para nada útil, no tiene ningún fin claro y solo lleva a diluir 45.000 millones de euros anuales que poco haran por la Agricultura y nada por la Ganadería Europea (la gran perjudicada) sumiéndolas en un mar de burocracia e incompetencia. Un auténtico desastre propuesto por la Comisión, en estos tiempos de crisis, que da alas a los enemigos de la PAC, y que esperamos que el Consejo y el Parlamento Europeo con sus nuevas atribuciones, puedan remediar.Artículo de Arturo Pascual Nadal – Presidente de la Fundación Medio Rural

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Preguntas frecuentes

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
¿Puedo realizar otros trámites relacionados con la PAC en mi solicitud conjunta?

Si, en la Solicitud Conjunta además de todas las Ayudas anteriormente descritas se pueden realizar los siguientes trámites:

- Cesiones de Derechos de Pago Base

- Solicitud de Derechos de Pago Base a la Reserva Nacional

- Alegaciones al SIGPAC

Para informarte mejor sobre cada una de estas solicitudes, llámanos a nuestras oficinas de ASAJA HUESCA y un técnico resolverá tus dudas.

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o deducir de dicho importe el IVA?

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o se debe deducir de dicho importe el IVA?

El importe que se debe consignar es el importe total de la factura.

Cuando se ha adquirido gasóleo con cheques-gasóleo bonificado y el titular del establecimiento de venta minorista ha expedido factura, ¿se debe consignar en la solicitud de devolución el número de factura y el resto de los datos de la misma?

Las adquisiciones de gasóleo bonificado para las que el medio de pago utilizado haya sido el cheque gasóleo-bonificado, solo deben figurar en el apartado de la solicitud titulado “Adquisiciones realizadas mediante Cheques gasóleo”.

¿Puedo aplicar fuera de mi explotación con el carnet básico de aplicador de fitosanitarios?

No, para ello es necesario tener el carnet nivel cualificado.