El Subdelegado Recibe A Asaja Huesca

Este jueves día 5 de febrero a partir de las 11.00 h. el Subdelegado del Gobierno en Huesca, D. Ramón Zapatero, recibe a una representación de ASAJA Huesca. Sobre la mesa, dos cuestiones principales: En primer lugar, la puesta en común de la información que dispone cada parte sobre el vendaval de hace unos días, y que afectó en nuestra provincia a infraestructuras, naves ganaderas, invernaderos, y campos de maíz. Ademas de la peritación por parte de Agroseguro, ASAJA quiere conocer si existe alguna posibilidad de que los afectados que no dispusieran de seguro puedan tener derecho a algún tipo de ayuda por las pérdidas. El otro asunto que se pondra sobre la mesa es la inseguridad en el medio rural. Desde ASAJA Huesca ya se había pedido entrevista con la Subdelegación hace unas semanas (también con el Delegado del Gobierno en Aragón, D. Javier Fernandez), para cotejar los datos que poseen las fuerzas de seguridad del estado sobre robos en el medio rural. Hace unos días, la Guardia Civil detenía en Ciudad Real a una banda organizada de delincuentes, que al parecer habían cometido robos en una docena de provincias españolas, entre ellas, Zaragoza y Huesca. Desde ASAJA Huesca, se volvera a poner sobre la mesa, la posibilidad de recuperar la figura de los Guardas de Montes.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo necesito un asesor para mi explotación?

Ver Lista cultivos exentos de asesoramiento

Ej.: En una explotación de más de 5 hectáreas de alfalfa en regadío se va a necesitar un asesor para este cultivo.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

¿Por qué contratar un seguro de retirada y destrucción de animales muertos con el sistema de seguros

Garantiza incluso la mortalidad no habitual de una explotación.

Cubre la recogida y destrucción por sacrificios en la explotación, decretados por la Administración.

He tenido varios siniestros, ¿pueden subirme la prima?

Si el aumento de prima no está previsto en la póliza, la subida de la prima propuesta por la entidad aseguradora deberá ser aceptada por el tomador. Si la subida propuesta es para la siguiente renovación del contrato, deberán comunicárselo con una antelación mínima de dos meses a la citada renovación En caso de que el asegurado no acepte la subida de la prima, la entidad podrá negarse a prorrogar el contrato para el siguiente periodo de cobertura.

Si no se respeta el plazo de dos meses, la subida de primas no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador, y por tanto la entidad deberá respetar la prima del periodo anterior.