Tributación en IRPF de los agricultores por los ingresos de forrajes

Conclusiones de la reunión con la Agencia Tributaria de Zaragoza por el tema de la tributación de los agricultores por los ingresos de forrajes.

El pasado día 27 de junio de 2018 ASAJA mantuvo una reunión en la Agencia Tributaria de Zaragoza para tratar de la problemática derivada de los requerimientos de IRPF que muchos agricultores han recibido en los que Hacienda interpreta que los ingresos que éstos perciben por contratos de alfalfa son considerados como arriendos y no como actividad económica.

Ello hace que, en estos casos, los agricultores tengan que pagar unas liquidaciones de IRPF superiores a las presentadas en su día.

De la entrevista con el Jefe de la Dependencia Regional de Gestión Tributaria de Zaragoza obtuvimos una serie de conclusiones que resumimos en los párrafos siguientes:

Para poder considerar esos ingresos de forrajes como actividad empresarial en E.O. por Módulos, la Agencia Tributaria exige que se demuestre la existencia de esa actividad empresarial. Si el agricultor se limita a cobrar de la alfalfera un tanto fijo por hectárea o el importe correspondiente a los kilos de alfalfa obtenidos y no puede justificar los gastos que son inherentes al desarrollo del cultivo (abonos, fitosanitarios, herbicidas, trabajos de tratamientos, abonado, corte, hilerado, etc.), Hacienda interpreta que se trata de un simple arrendamiento y exige que se tribute por él como tal.

Para que se pueda tributar por esos ingresos como actividad económica en Estimación Objetiva por Módulos, se ha de poder demostrar que se desarrollan los procesos habituales del cultivo, es decir, el titular deberá de estar en posesión de las facturas que justifiquen todos los gastos del cultivo.

Las empresas que compran la alfalfa u otros forrajes deberán emitir las facturas o autoliquidaciones de compra del producto a los agricultores por su valor de mercado y si prestan servicios de abonado, corte, hilerado, acarreo, etc. deberán emitir las facturas al agricultor de forma independiente.

En este caso, los agricultores con contratos de compra-venta de forrajes u otros cultivos podrán incluir esos ingresos como rendimientos de actividades económicas en Módulos.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo se solicita la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Hay que solicitarlo exclusivamente de manera telemática, a través de la página de la Agencia Tributaria.

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

Este año 2018 el cuaderno de explotación no sale con la PAC ¿cómo lo puede obtener?

Desde la Página del Gobierno de Aragón: https://aplicaciones.aragon.es/webenvios/pages/aplicaciones.xhtml

Introduciendo el D.N.I o C.I.F. y el código de barras que aparece en la PAC (primera página).

¿Puedo solicitar en ASAJA ayuda para mis trámites con la Seguridad Social?

Sí.  En ASAJA prestamos a nuestros socios todos los servicios relacionados con la Seguridad Social:  contratos, nóminas, autónomos, partes de baja, certificados, alta de notificaciones telemáticas, etc.

¿Puedo solicitar una analítica de suelos en cualquier laboratorio?

Es muy importante que sea un laboratorio acreditado por la Administración y certificado según normativa europea.