100 horas de duración.
Lugar: Fraga
2ª quincena de septiembre 2018
100 horas de duración.
Lugar: Fraga
2ª quincena de septiembre 2018
ASAJA advierte de que quedan fuera cultivos, producciones y zonas gravemente dañadas durante 2025 por las inclemencias meteorológicas, los daños de la fauna salvaje o las plagas.
Alejo Santos Clavero, de 4 años, acompañado de sus compañeros y profesores han disfrutado de la visita a la explotación de vacuno y manzana ecológica de Luis Lascorz, Casa Fes en Ainsa
A más de un mes del inicio de la campaña de la Renta, sigue sin publicarse en el Boletín Oficial del Estado, la rebaja de los índices de rendimiento neto por las inclemencias meteorológicas y circunstancias adversas de la campaña pasada
No puedes acceder a las ayudas si no tienes maquinaria vieja. Una de las bases de esta ayuda es que se achatarre la maquinaria vieja.
¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?
Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.
Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por agricultores y ganaderos- la correspondiente solicitud de devolución.
Esta presentación se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.
En la solicitud deberá constar:
NIF: 9 caracteres
Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.
Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.
Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.
El volumen de litros consumidos e importe del mismo.
En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.
La fecha y número de factura de cada operación de suministro o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.
Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.
Para ser considerado agricultor activo, el solicitante de las ayudas de la PAC debe acreditar que no realiza ninguna de las actividades excluidas recogidas en el artículo 9.2 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
Tampoco se concederán pagos directos si la persona física o jurídica, o el grupo de personas físicas o jurídicas, ejercen el control de una entidad asociada que realiza alguna de estas actividades excluidas.
Al declarar las parcelas que constituyen la explotación sobre las que solicita ayudas, debe indicar su referencia en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).
Para ayudarle con esta tarea, puede consultar la información a través del Visor Nacional (http://sigpac.mapama.gob.es/fega/visor/) o en el visor de la Comunidad Autónoma de Aragón para el caso de las parcelas ubicadas en nuestra Comunidad (http://sigpac.aragon.es/visor/).
A lo largo de todo el año, desde nuestras oficinas de ASAJA HUESCA, nuestros técnicos le pueden ayudar a consultar esta información.