ASAJA SE OPONE FRONTALMENTE A LAS AYUDAS A LA PRESENCIA DE OSO Y LOBO

Estas ayudas, publicadas en el BOA de 28 de agosto, buscan normalizar la situación generada por estos animales, a pesar de que la convivencia con la ganadería extensiva es imposible

La totalidad del sector de ganadería extensiva ha mostrado su rechazo a la presencia de osos y lobos en el medio rural, dada la imposibilidad de continuar ejerciendo la actividad por los daños producidos por estos animales, causantes de muertes de animales, estrés y nula producción debido a los abortos de las hembras gestantes.

Asaja Aragón ha mostrado siempre el rechazo a la convivencia del oso y el lobo con la ganadería extensiva, oponiéndose a la reintroducción en el caso del oso y proponiendo su extracción en el caso del lobo. Por ello se considera que la línea de ayudas publicadas en el Boletín Oficial de Aragón de 28 de agosto buscan normalizar y dar un marco legal a una situación insostenible, y que de continuar va a ser la puntilla de muerte para la ganadería extensiva.

Desde Asaja Aragón se considera que el Gobierno de Aragón debe cuantificar los daños producidos por ambas especies a la ganadería extensiva, y abonar el importe de los mismos a los ganaderos afectados. En ningún caso el pago de estos daños supone la aceptación por parte del sector de la presencia de oso y lobo.

Asaja Aragón considera incompresible la actitud adoptada por el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón, así como de algunas organizaciones ecologistas, para los que la ganadería extensiva sirve para hacerse la foto, pero no para luchar por su defensa y mantenimiento.

Asaja Aragón propondrá al resto del sector el establecimiento de un calendario de protestas y concentraciones hasta que el Gobierno de Aragón contemple las reivindicaciones de la ganadería extensiva, orientadas a la retirada de oso y lobo del medio rural.

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Preguntas frecuentes

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

Intento sacar el cuaderno y me da “Error: Checksum PAC es incorrecto” ¿qué debo hacer?

Debe introducir el código de barras de la última PAC registrada, puede haber una Solicitud de Modificación.

¿Quién puede solicitar la ayuda plan renove de maquinaria agrícola?

Cualquiera que tenga su explotación agrícola en Aragón y tenga maquinaria agrícola vieja para achatarrar

¿Cuándo puede solicitarse la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior.

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.