Se anticipa a enero el plazo para presentar el modelo 184

La Orden HFP/1106/2017 del BOE del 18-11-2017 anticipa el plazo de presentación del modelo 184 que es la declaración informativa anual de las sociedades civiles y comunidades de bienes que se dedican a actividades agropecuarias (en régimen de atribución de rentas).  El plazo de presentación es el mes de enero en lugar de febrero como venía siendo hasta ahora.

En el caso del modelo informativo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas, también se anticipa un mes, es decir, al mes de enero, si bien se aplicará para las declaraciones del ejericio 2018 a presentar en enero de 2019.  Para las declaraciones de 2017 el plazo será el mes de febrero de 2018.

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Introduciendo el D.N.I o C.I.F. y el código de barras que aparece en la PAC (primera página).

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En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.