Charlas Informativas Sobre Ayudas De Incorporación Y Modernización

ASAJA va a realizar una serie de charlas informativas para dar a conocer la convocatoria del Gobierno de Aragón de las AYUDAS DE INCORPORACION Y MODERNIZACION de explotaciones agropecuarias en la convocatoria de este año 2017Solicitud de ayudas de incorporación y modernización, convocatoria 2017BARBASTRO – 12 enero – Centro de congresos – Avda. estación 31 – 12:00 h.SARIñENA - 18 enero -Local de la comarca –Avda. Fraga s/n – 11:00 h.FRAGA – 19 ENERO – Oficina de ASAJA -Cl Sta. Catalina 1 – 11:00 h.Hoja de ruta para ayudas concedidas en la convocatoria anterior (2016)BARBASTRO – 12 enero – Centro de congresos – Avda. estación 31 12:00 h.

Otras entradas de la misma categoría

Preguntas frecuentes

¿Qué parámetros debo pedir en una analítica de suelos?

Depende de cada caso, aunque lo más normal es la solicitud de macroelementos, en otros casos es importante solicitar otros parámetros para solucionar posibles deficiencias nutricionales. Lo mejor en realizar una consulta previa en nuestras oficinas.

¿Qué documentación es necesaria para la realización del cuaderno de campo?
  • Facturas de productos fitosanitarios de toda la campaña agrícola.
  • Datos maquinaría agrícola empleada.
  • Justificantes SIGFITO.
  • Facturas cosecha.
¿Qué es un copago?

Los copagos son abonos que se hacen cuando se utilizan ciertos servicios del seguro médico, y según el producto contratado pueden estar incluidos o no. Estos copagos se cobran en servicios fuera de los habituales, para ciertas pruebas, rehabilitaciones o revisiones.

¿Existen bonificaciones para la contratación de trabajadores?

Dependiendo de la modalidad de contratación, existen diferentes tipos de bonificaciones, siempre cumpliendo una serie de requisitos, tanto la empresa que contrata como el trabajador.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.