Novedades En La Sectorial Agpme-itaga

Hace dos años, retomamos una nueva andadura con una de nuestras sectoriales más importante, la AGPME-ITAGA, que agrupa la Asociación General de Productores de Maíz de España y el Instituto Técnico Agrícola y Ganadero de Aragón. Cambios importantes en la dirección de la misma, hicieron que planteásemos nuevos retos que se basan en nuestra razón de ser como Organización Agraria: la investigación, la información y la formación. Con la AGPME ya somos referencia del maíz a nivel nacional y queremos serlo también con el ITAGA. Como acuña la carta de presentación de nuestra página web, han sido un lujo muchas de las personas que han pasado por esta Organización, y podemos decir con orgullo que lo son también las personas que hoy la componen. Estamos llenos de proyectos e ilusiones y queremos compartirlos con todos y cada uno de vosotros. Por esto, a través de nuestra revista y nuestra web, vamos abordando todas las cuestiones técnicas que están de actualidad, también estamos coordinando un proyecto nuevo en torno a lo que nos ocupa hoy a los agricultores: la investigación en la eficiencia y el ahorro en el uso de todas y cada una de nuestras estructuras de inversión y gasto, así, con la colaboración de las Administraciones Públicas, la Universidad y las empresas privadas( de maquinaria, semilla, agua, fitos, abonos…) vamos a celebrar anualmente una Jornada de ‘Agricultura de Precisión’. En todos estos proyectos, a partir de ahora, queremos contar también contigo porque sabemos que puedes aportar mucho a este apasionante reto que hemos iniciado. Hazte socio llamando al 974313242 y preguntando por Vanesa. AGPME-ITAGA www.agpme.es

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Preguntas frecuentes

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Qué documentación es necesaria para la realización del cuaderno de campo?
  • Facturas de productos fitosanitarios de toda la campaña agrícola.
  • Datos maquinaría agrícola empleada.
  • Justificantes SIGFITO.
  • Facturas cosecha.
¿Puedo solicitar en ASAJA ayuda para mis trámites con la Seguridad Social?

Sí.  En ASAJA prestamos a nuestros socios todos los servicios relacionados con la Seguridad Social:  contratos, nóminas, autónomos, partes de baja, certificados, alta de notificaciones telemáticas, etc.

¿Cómo se efectúa la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

En base a las solicitudes de devolución presentadas, la Oficina Gestora de los Impuestos Especiales correspondiente al domicilio fiscal del beneficiario de la devolución acordará la misma y efectuara la transferencia bancaria a la cuenta indicada por aquél.

Los interesados podrán hacer el seguimiento de sus solicitudes y de las devoluciones practicadas consultando la mencionada página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Intento sacar el cuaderno y me da “Error: Checksum PAC es incorrecto” ¿qué debo hacer?

Debe introducir el código de barras de la última PAC registrada, puede haber una Solicitud de Modificación.