El Gobierno Aprueba Las Ayudas Para Paliar Los Efectos De Las Inundaciones De Octubre

La provincia de Huesca, así como el resto de zonas de la comunidad aragonesa que sufrieron daños por las inundaciones del pasado 20 de octubre, recibira dinero del Estado. El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto en el que se articulan las ayudas para paliar los daños producidos por las lluvias torrenciales del pasado mes. Estas ayudas llegan tras la petición hecha por diferentes partidos políticos y administraciones de que las comarcas y localidades mas afectadas fueran declaradas “zona catastrófica”.Estas ayudas, aprobadas también para Andalucía, Murcia, Valencia, y Navarra son por daños personales y materiales en enseres, así como para los titulares de establecimientos industriales, mercantiles, agrarios o de servicios.Las ayudas también incluyen a las personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes, y a las corporaciones locales por los gastos causados para hacer frente a estas situaciones de emergencia.Las cuantías por las ayudas son las siguientes:. Ayudas por fallecimiento o incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros. Por destrucción o daños en enseres: el coste con el límite de 2.580 euros; a establecimientos industriales, mercantiles, agrarios o de servicios: hasta 8.000 euros.. En cuanto a las ayudas por daños en la vivienda, por destrucción total: el coste de los daños, con un maximo de 15.120 euros; por daños a la estructura: el 50% de los daños, con un maximo de 10.320 euros; por otros daños: el 50% de los daños, con un maximo de 5.160 euros.. Por daños a elementos comunes de una Comunidad de Propietarios: el 50% con un maximo de 8.000 euros, y por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad: 2.580 euros.De igual manera se contemplan beneficios fiscales, como la exención de las tasas aplicables a la tramitación de bajas de vehículos y de expedición de duplicados de los permisos de conducción o de circulación, cuando se soliciten como consecuencia de estos siniestros.Asimismo habra exención del IBI en las cuotas correspondiente al ejercicio 2012 para viviendas, establecimientos industriales y mercantiles, explotaciones agrarias y locales de trabajo o similares, cuando los daños hayan obligado al realojamiento total o parcial de personas o bienes.En cuanto al impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas estaran exentas las ayudas por daños personales, y habra ademas reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias.Finalmente, y entre otros, para las Infraestructuras locales, se financiaran hasta en un 50% e su coste, y para los daños en producciones agrícolas y ganaderas se compensaran las pérdidas superiores al 30 por 100 de su producción sufridas por los titulares de las explotaciones agrícolas y ganaderas que tengan pólizas en vigor amparadas por el Plan de Seguros Agrarios Combinados para este año.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de fertilización?

En esta situación podemos encontrarnos con dos casos en la que presenten obligatoriedad en la realización de este cuaderno.

  1. Presenten PAC y al menos alguna de sus parcelas estén situadas en Zona Vulnerable. En este caso, solamente deberá entregarse el cuaderno de fertilización aplicada con las parcelas que se encuentren en esta situación.
  2. Si han solicitado ayuda de incorporación y/o modernización y aunque ninguna de sus parcelas agrícolas se encuentren en Zona vulnerable. Se deberá realizar el cuaderno de fertilización de todas las parcelas que se encuentren en su PAC.
¿Puedo asegurar un objeto por encima de su valor de tasación?

Podría hacerlo, pero no es una práctica muy recomendable, ya que pagare una prima más elevada y, si ocurre el siniestro, me indemnizarán como máximo por el valor del daño sufrido (que coincidirá, generalmente, con el valor de tasación).

¿Aporta algún beneficio realizar una analítica de suelos?

En primer lugar nos informa del tipo de suelo que tenemos en nuestra explotación para ayudarnos a comprender el comportamiento de nuestros cultivos, y en su caso nos ayuda en el manejo del agua de riego. Indudablemente puede suponer un beneficio económico directo al ajustar debidamente la cantidad de abono a aportar según las necesidades de nuestro cultivo y nuestro tipo de suelo.

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

¿Qué debe de cumplir la maquinaría con la que realizo los tratamientos fitosanitarios?

La maquinaría debe estar inscrita en el ROMA y tener la ITEAF vigente.