Asaja Consigue Que El Gobierno Modifique Los Tipos De Iva Del Régimen Especial De La Agricultura Y Ganadería

Desde ASAJA se felicita al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente Miguel Arias Cañete y al Subsecretario del mismo Departamento Jaime Haddad por haber escuchado de nuevo las peticiones de nuestra Organización y haber logrado ante Hacienda la subida de la compensación del régimen especial del IVA del 8,5 % al 10,5 % para los ganaderos y del 10 % al 12 % para los agricultores.El Consejo de Ministros aprobaba el Real Decreto Ley de medidas para la estabilidad presupuestaria, la modificación de los tipos de IVA como ya anunció a principio de la semana pasada el presidente del Gobierno, incluyendo entre las subidas de los tipos en el régimen especial agrario del IVA del 8,5 % al 10,5 % para el sector ganadero y del 10 % al 12 % para el sector agrícola, oyendo de nuevo la reivindicación que ASAJA venía haciendo desde hace tiempo y que el presidente de ASAJA, Pedro Barato, solicitó hace unos días con caracter de urgencia tanto al Ministro como al Subsecretario del Ministerio de Agricultura, alimentación y Medioambiente.Si a principio de la semana pasada mostrabamos nuestra preocupación por las subidas del IVA que definitivamente ha aprobado el Consejo de Ministros del día de hoy y la repercusión que tendría para nuestro sector en la actual situación de crisis que atraviesan buena parte de los sectores productivos, ya que los agricultores y ganaderos carecen de capacidad económica para asumir el incremento del IVA , hoy acogemos con satisfacción y nos congratulamos con estas otras medidas que el Ejecutivo ha dirigido al campo español y que entraran en vigor el próximo día 1 de septiembre.

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Preguntas frecuentes

¿Infraseguro? ¿Sobreseguro?

Estas son dos situaciones que se pueden dar a la hora de asegurar una vivienda. En cada una de ellas, se atribuye un valor al objeto (o vivienda) asegurado por debajo o por encima de que realmente tiene. Ante una circunstancia de este tipo, en caso de producirse un siniestro, la entidad aseguradora tiene derecho a aplicar la regla proporcional.

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

¿Por qué contratar un seguro de retirada y destrucción de animales muertos con el sistema de seguros

Garantiza incluso la mortalidad no habitual de una explotación.

Cubre la recogida y destrucción por sacrificios en la explotación, decretados por la Administración.

¿Qué servicios presta Asaja Huesca a nivel laboral?

En Asaja te prestamos todos los servicios a nivel laboral que precises, entre otros: contratación laboral, todos los trámites ante la Seguridad Social de los trabajadores y a nivel patronal, realización de nóminas, tramitación de bajas laborales, finiquitos y despidos, Certificados de Empresa, Resolución de incidencias con la Inspección de Trabajo, notificaciones telemáticas con los diferentes organismos,…

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas de la PAC?

Desde el año 2016, el plazo de presentación de la Solicitud Única se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.

Mediante la Solicitud Única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. 

Desde ASAJA HUESCA te recordamos la importancia de que se cumplimente correctamente dicha solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.