La Dga Adelanta Dos Meses La Ampliación Del Operativo Antiincendios

El Consejo de Gobierno autorizó ayer aprobar el adelanto del operativo de extinción y prevención de incendios forestales del 1 de Junio al 1 de Abril. Una medida extraordinaria que conlleva una inversión estimada de 2.800.000 euros.El acuerdo implica adelantar la incorporación de un total de 46 cuadrillas terrestres y 68 puestos fijos de vigilancia, reforzar el sistema de guardias, e incrementar proporcionalmente las herramientas, comunicaciones y equipamientos del operativo (APNs, técnicos, GADEX).Además, se establecerán servicios de maquinaria pesada para extinción y servicios de eliminación de los residuos forestales que generen las cuadrillas durante su actividad. También, se aumentará la dotación prevista para gastos de extinción. Las cuadrillas helitransportadas y los conductores de autobombas ya estaban previstos al 100 por cien para dicha fecha en la planificación inicial.Estas medidas extraordinarias son la respuesta del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente ante las excepcionales condiciones de riesgo que se están produciendo en Aragón.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo realizar otros trámites relacionados con la PAC en mi solicitud conjunta?

Si, en la Solicitud Conjunta además de todas las Ayudas anteriormente descritas se pueden realizar los siguientes trámites:

- Cesiones de Derechos de Pago Base

- Solicitud de Derechos de Pago Base a la Reserva Nacional

- Alegaciones al SIGPAC

Para informarte mejor sobre cada una de estas solicitudes, llámanos a nuestras oficinas de ASAJA HUESCA y un técnico resolverá tus dudas.

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿Cuáles son los requisitos de agricultor activo?

Para ser considerado agricultor activo, el solicitante de las ayudas de la PAC debe acreditar que no realiza ninguna de las actividades excluidas recogidas en el artículo 9.2 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Tampoco se concederán pagos directos si la persona física o jurídica, o el grupo de personas físicas o jurídicas, ejercen el control de una entidad asociada que realiza alguna de estas actividades excluidas.