Asaja Ha Estado En La Feria Agroalimentaria De Huesca

Entre el viernes y el domingo se ha celebrado en el Palacio de Congresos y Exposiciones la I Feria Agroalimentaria de Huesca, en la que ASAJA ha estado presente, tanto en la organización, como con un estand y la presentación de una ponencia. A lo largo de este fin de semana han sido miles de visitantes los que han participado en esta feria, en la que ha habido conferencias, degustaciones, catas, etc, todo ello relacionado con el sector agroalimentario principalmente de la comarca de la Hoya de Huesca.El viernes, el secretario provincial de ASAJA, angel Samper, impartió una charla sobre el planteamiento que se hizo a DGA para que se hiciera una Ley de Venta directa de productos Agroalimentarios en las explotaciones de nuestra comunidad autónoma, como permiten otras comunidades vecinas, caso de Navarra, por ejemplo. Samper señalaba que los intermediarios son el gran problema del sector primario, y que una ley así permitiría que los productores pudieran percibir algo mas por lo que hacen a la vez que repercutiría en el precio final.angel Samper, segundo por la izquierda, con las autoridades en la inauguraciónEl estand de ASAJA estuvo siempre muy concurrido

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Preguntas frecuentes

¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

Este año 2018 el cuaderno de explotación no sale con la PAC ¿cómo lo puede obtener?

Desde la Página del Gobierno de Aragón: https://aplicaciones.aragon.es/webenvios/pages/aplicaciones.xhtml

Introduciendo el D.N.I o C.I.F. y el código de barras que aparece en la PAC (primera página).

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.