Sale A Información Pública El Decreto Que Regula Las Indemnizaciones Por Daños Causados Al Ganado Vivo Por El Buitre Leonado

Hoy sale a información pública en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) el decreto que regula las indemnizaciones por daños causados al ganado vivo por el buitre leonado en la Comunidad Autónoma de Aragón. ÂEste decreto responde al interés del Departamento de Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Desarrollo Sostenible y Biodiversidad, de dar respuesta a la demanda de los ganaderos que se ven afectados por los daños ocasionados por las aves carroñeras, especialmente, por el buitre leonado, especie considerada de “interés especial” en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas y por tanto también en el de Aragón.ÂEl borrador de este documento se presentó en la Mesa de Trabajo del Buitre que se celebró el pasado mes de abril. Desde entonces, asociaciones de agricultores y ganaderos, organizaciones conservacionistas, y los Departamentos de Medio Ambiente y Agricultura y Alimentación del Gobierno de Aragón han trabajado sobre el texto y han realizado sus aportaciones para elaborar el texto que hoy sale a información pública. ÂMecanismo de indemnizaciónÂSegún indica el texto del decreto, estas indemnizaciones se determinarán según un baremo similar a los aplicados en materia de sanidad animal para el sacrificio obligatorio de animales.ÂPara solicitar la indemnización, el supuesto ataque deberá ser comunicado al Departamento de Medio Ambiente en el plazo máximo de 24 horas desde que se haya producido. Los daños deberán ser evaluados por un Agente de Protección de la Naturaleza (APN) y un veterinario, que se personará en el lugar de los hechos en un plazo máximo de 24 horas desde el aviso. Éste deberá analizar la situación, examinar el animal o animales afectados y, si es preciso, realizar la necropsia y tomar las muestras que se consideren oportunas. El examen de los animales o de sus restos, la toma de muestras o la necropsia deberán realizarse siempre en presencia del APN y del ganadero.ÂEl ganadero deberá justificar la titularidad del ganado, incluir una declaración jurada de que el incidente objeto del acta no está cubierto por ningún seguro. Además, el ganadero deberá aplicar una serie de medidas preventivas para verificar las causas del ataque. En este sentido, los restos no podrán ser movidos del lugar donde hayan sido encontrados, deberán estar cubiertos para preservarlos de la acción de los propios buitres o de otros animales y, en el caso de animales heridos, se separarán del resto del rebaño y se protegerán de nuevos ataques de depredadores.ÂNotificar el ataque después de que hayan transcurrido 24 horas, o no cumplir con las medidas preventivas señaladas, será causa para desestimar la reclamación.ÂTampoco se procederá a indemnizar cuando se constate la existencia previa de estado de desnutrición o de una enfermedad que afecte a la capacidad motriz o de autodefensa del animal, cuando no puedan atribuirse las heridas o la muerte al ataque de buitres leonados, o cuando se constate que las heridas o la muerte de las reses se han producido con anterioridad a la intervención de los buitres.

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Preguntas frecuentes

¿Por qué es importante hacer análisis de suelo?

Se considera una herramienta más para el manejo de la explotación, no solamente la analítica de suelos, también de abonos químicos y de enmiendas orgánicas (purines), de hojas y de agua de riego sobre todo si es de pozo.

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿Cuándo necesito un asesor para mi explotación?

Ver Lista cultivos exentos de asesoramiento

Ej.: En una explotación de más de 5 hectáreas de alfalfa en regadío se va a necesitar un asesor para este cultivo.

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas de la PAC?

Desde el año 2016, el plazo de presentación de la Solicitud Única se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.

Mediante la Solicitud Única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. 

Desde ASAJA HUESCA te recordamos la importancia de que se cumplimente correctamente dicha solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.