Sigue La Revuelta En La Leche

Las organizaciones agrarias ASAJA, Coag, Upa y Cooperativas Agro-alimentarias denuncian que el acuerdo lácteo alcanzado el pasado año 2009 se está incumpliendo por parte de algunas empresas de distribución y por ello han pedido urgentemente que haya reuniones a las asociaciones de distribución así como a los responsables máximos de las principales empresas del gremio que operan en España para aclarar posturas y exigir el cumplimiento de lo acordado.Las OPAs y Cooperativas consideran que la situación de los ganaderos dedicados al sector lácteo es ruinosa y que muchas explotaciones lácteas están desapareciendo debido a la política practicada por las industrias y distribución que operan en España. Asimismo, los representantes del sector denuncian la situación de absoluto desequilibrio existente en la cadena láctea en perjuicio de los productores. La distribución y la industria fijan sus condiciones y márgenes de manera unilateral dejando en una situación de ruina a los ganaderos cuya capacidad de negociación es tan pequeña que no influyen en la formación de los precios que remuneran la leche entregada.Ante esta situación, ASAJA, COAG, UPA y Cooperativas Agro-alimentarias advierten que no van a permanecer impasibles ante la desaparición del tejido lácteo español y van a tratar por todos los medios que los ganaderos reciban un precio justo por la leche. Consideran justas sus reivindicaciones, pues los ganaderos cumplen con gran responsabilidad su función de ofrecer a la sociedad leche de máxima calidad y seguridad alimentaria.Está por ver igualmente cuales van a ser las consecuencias de algunos movimientos del sector, como la compra anunciada ayer de la división láctea de Puleva por parte de la firma francesa Lactalis, algo que no ha sido muy bien acogido en el sector ganadero español.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo realizar otros trámites relacionados con la PAC en mi solicitud conjunta?

Si, en la Solicitud Conjunta además de todas las Ayudas anteriormente descritas se pueden realizar los siguientes trámites:

- Cesiones de Derechos de Pago Base

- Solicitud de Derechos de Pago Base a la Reserva Nacional

- Alegaciones al SIGPAC

Para informarte mejor sobre cada una de estas solicitudes, llámanos a nuestras oficinas de ASAJA HUESCA y un técnico resolverá tus dudas.

¿Qué debe de cumplir la maquinaría con la que realizo los tratamientos fitosanitarios?

La maquinaría debe estar inscrita en el ROMA y tener la ITEAF vigente.

¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?

SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.

Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.