Los Regantes Anuncian Movilizaciones

La Federación Nacional de Comunidades Regantes (Fenacore) anunció hoy movilizaciones generalizadas en toda España si el Gobierno no adopta medidas que ‘alivien’ la presión económica que sufren los agricultores a causa de la caída del precio de los productos agrarios, la subida de tipos de interés y el encarecimiento de la factura eléctrica. Fenacore aseguró que una subida del 90% de los costes energéticos en poco más de seis meses (el 30% anunciado para el próximo año unido al 60% experimentado el pasado mes de julio por la desaparición de las tarifas especiales) podría frenar el proceso de modernización de regadíos, lo que hace inviables los procesos de transformación ya en curso. Por otro lado, denunció que el encarecimiento del precio del dinero ha provocado que el coste de los intereses derivado de estos procesos de modernización de regadíos se hayan incrementado, al igual que ha ocurrido con los gastos de la financiación de los medios de producción, tales como la maquinaria y los fertilizantes. Además, las restricciones crediticias impuestas por las entidades bancarias han dificultado al máximo el acceso a préstamos para sufragar los gastos derivados de su actividad, ‘ahogando’ financieramente a los regantes que en estos últimos años han asumido importantes inversiones en la modernización de regadíos. Esta situación, según la Federación, se ha visto además agravada por la fuerte caída del precio de los productos agrarios, reduciendo los márgenes de rentabilidad de los agricultores. En este sentido, cultivos como los cereales han visto reducido su valor en el mercado hasta en un 50%. Con el fin de aliviar esta situación, la Federación solicitó al Ejecutivo que adopte un paquete de medidas orientadas a aliviar la ‘asfixia’ económica que padecen los agricultores y que está poniendo en peligro la viabilidad del sector. En concreto, solicitaron la habilitación de créditos blandos y la bonificación de intereses para hacer frente a la falta de liquidez, pagar únicamente por la potencia realmente utilizada en cuanto a la factura eléctrica se refiere y la necesidad de la aplicación de un tipo reducido de IVA en el suministro de electricidad para los regantes.

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Preguntas frecuentes

¿Qué hay que hacer para cambiar de compañía de seguros?

Hay que enviar una carta de baja a la compañía, firmada por el tomador, con un mes de antelación al vencimiento. La carta ha de ir acompañada por una fotocopia del NIF del tomador. 

Después, quedarse una copia de lo enviado, pues muchas compañías dicen no haberla recibido.

¿Puedo acceder a las ayudas si no tengo maquinaria vieja?

No puedes acceder a las ayudas si no tienes maquinaria vieja. Una de las bases de esta ayuda es que se achatarre la maquinaria vieja.

¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.