Parte I. Convivir con la contaminación virtual: el nuevo reto del sector agrícola

Desgraciadamente, la contaminación no es solo ambiental; en la actualidad existe un nuevo tiempo de contaminación, la virtual. La intoxicación, y degradación de la forma de vivir, conducirnos y comunicarnos ha tejido poco a poco una realidad virtual que trata de influenciar con falsedades y mentiras en cuestiones que afectan directamente a la Agricultura y el Medio Rural.

 

Recientemente, ASAJA ARAGÓN ha hablado de ello, tanto en nuestra participación en el Fórum Smart Agro que tuvo lugar el pasado 19 de septiembre en la Feria de Zaragoza, como en el I Congreso Agroalimentario de Aragón, organizado por el Diario del Alto Aragón, Radio Huesca y el Grupo HENNEO, que se celebró en el Palacio de Congresos de Huesca el 4 de octubre.

 

En ambos eventos el mensaje de ASAJA fue claro y contundente: la digitalización ha llegado a la Agricultura –Agricultura 4.0- y la tecnología se ha convertido en una de las claves para la supervivencia del sector agrícola.

 

Ha sido enorme el esfuerzo que esto ha supuesto para el agricultor, pero creemos que ha merecido la pena. Sin embargo, aunque la “Agricultura y la Industria 4.0” han llegado para quedarse, la “Administración 4.0” y la “Política 4.0” ni están ni se les espera.

 

Lejos del servicio y la simplificación que el administrado necesita y merece, los complejos sistemas y procedimientos enmarañados complican la vida al agricultor en lugar de facilitársela. El agricultor ha realizado un esfuerzo considerable para adaptar sus explotaciones a la tecnificación y así lo ha hecho.

 

Sin embargo, con lo que no puede luchar es con un procedimiento administrativo burocratizado, lleno de papeleos cruzados, información deficiente y plazos inasumibles, que complican todavía más su vida. Es inadmisible que en pleno siglo XXI la Administración siga enlenteciendo los procedimientos en lugar de utilizar las tecnologías para agilizar y simplificar los trámites.

 

Y a todo ello, se añade un problema reciente que surge a consecuencia de la globalización de la comunicación. Un tema en el que profundizaremos en próximos posts. 

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Preguntas frecuentes

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de producción y movimiento de estiércol?

Existe obligatoriedad si:

  1. La explotación ganadera se encuentra en Zona Vulnerable.
  2. Si se trata de instalaciones de ganadería intensiva y tienen una capacidad de animales superior a unos mínimos establecidos. Así por ejemplo, una explotación con capacidad de 1.999 cerdos de cebo no estará obligada pero si una con 2.001 animales.
¿Es necesario SIGFITO?

La entrega de envases vacíos  en un centro oficial de recogida de envases es de obligatoriedad para cualquier persona que compre productos fitosanitarios.

Aquellas personas que  presenten PAC deberán tener al menos 2 entregas SIGFITO al año.

¿Qué ayudas puedo solicitar en mi solicitud única?

- Régimen de Pago Base y Pago Verde

- Régimen de Pequeños Agricultores

- Pago complementario a Jóvenes Agricultores

- Ayudas Asociadas Agrícolas y Ganaderas

- Ayudas Agroambientales

- Ayudas a Zonas con Limitaciones Naturales u Otras Limitaciones Específicas

- Ayudas a la Forestación de tierras agrícolas

- Devolución porcentaje líneas de seguros agrícolas y ganaderos contratados.

Para informarte mejor sobre cada una de estas ayudas, no dudes en ponerte en contacto con ASAJA y resolveremos tus dudas

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o deducir de dicho importe el IVA?

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o se debe deducir de dicho importe el IVA?

El importe que se debe consignar es el importe total de la factura.

Cuando se ha adquirido gasóleo con cheques-gasóleo bonificado y el titular del establecimiento de venta minorista ha expedido factura, ¿se debe consignar en la solicitud de devolución el número de factura y el resto de los datos de la misma?

Las adquisiciones de gasóleo bonificado para las que el medio de pago utilizado haya sido el cheque gasóleo-bonificado, solo deben figurar en el apartado de la solicitud titulado “Adquisiciones realizadas mediante Cheques gasóleo”.