Convocadas ayudas del Plan RENOVE para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria

Se ha publicado la orden por la que se convocan ayudas correspondientes al Plan de Renovación del Parque Nacional de Maquinaria Agrícola (PLAN RENOVE) para el año 2019.

 

El plazo de solicitud de esta abierto hasta el día 15 de Septiembre.

 

La solicitud se hace a través de la página web del ministerio de Agricultura, pesca y alimentación https://sede.mapama.gob.es

 

Son subvencionables tractores, máquinas automotrices (maquinaria de recolección, de aplicación de productos fitosanitarios y de productos fertilizantes), máquinas arrastradas o suspendidas (sembradoras directa, abonadoras, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, cisternas de purín con sistema de localización de producto en el suelo: rejas y discos, tubo flexible o rígidos, así como sistemas de localización de purín en el suelo independientemente de la cisterna).

 

La concesión es directa y por riguroso orden de solicitud hasta agotar el presupuesto; además se ha de tener comprado el equipo.

La maquinaria a renovar se sustituirá por un único tractor o máquina nuevos del mismo uso y del mismo tipo que la que se vaya a achatarrar.

Los modelos que pueden ser subvencionados están disponibles en la página web https://gestionrenove.es

 

 

 

 

Tractores:

La cuantía base de la subvención se establece en 95 € por Kilowatio (kw), de la potencia de inscripción del tractor a retirar, que conste en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola. Esta cuantía se incrementará atendiendo a la clasificación energética del nuevo tractor:

 

  • Por la clasificación en la categoría más alta de eficiencia energética (A): 3000 €
  • Por la clasificación en la segunda categoría más alta (B): 2000 €
  • Por la clasificación en la tercera categoría más alta(C) : 1000 €

 

La cuantía de la subvención podrá incrementarse en 1000€ por adquirir un tractor con fase IV de emisiones en su homologación.

 

La cuantía de la subvención podrá incrementarse en 1000€, atendiendo a las deficiencias de seguridad de los tractores retirados y entregados en un centro autorizado de descontaminación de vehículos , establecidos mediante el Real Decreto de 20/2017, de 20 de Enero.

 

La cuantía total de la subvención no sobrepasará los 12000€ por beneficiario ni el 30% del coste total de adquisición sin IVA o IGIC.

 

Maquinas automotrices agrícolas: 

La cuantía base de la subvención se establece en 95 € por Kilowatio (kw), de la potencia de inscripción que consta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la máquina a retirar. La cuantía de la subvención podrá incrementarse en 1000€ si la nueva máquina está en estado de homologación fase IV de emisiones de gases y partículas contaminantes. La subvención máxima para este tipo de máquinas no superará los 25000€ ni el 30€ de la adquisición sin IVA o IGIC.

 

Abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios:

  • La subvención se establece en el 30% de la inversión sin IVA.
  • En el caso de abonadoras la subvención máxima será de 4000 €.
  • En el caso de sembradoras la subvención máxima será de 6000 €.

 

Sembradoras directas; cisternas de purines equipadas con equipos de localización:

La cuantía de la subvención se establece en el 30% de la inversión sin IVA o IGIC realizada para la nueva máquina. La subvención no podrá superar los 20000€.

 

 

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Preguntas frecuentes

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?

SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.

Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.

¿Infraseguro? ¿Sobreseguro?

Estas son dos situaciones que se pueden dar a la hora de asegurar una vivienda. En cada una de ellas, se atribuye un valor al objeto (o vivienda) asegurado por debajo o por encima de que realmente tiene. Ante una circunstancia de este tipo, en caso de producirse un siniestro, la entidad aseguradora tiene derecho a aplicar la regla proporcional.

¿Puedo solicitar en ASAJA ayuda para mis trámites con la Seguridad Social?

Sí.  En ASAJA prestamos a nuestros socios todos los servicios relacionados con la Seguridad Social:  contratos, nóminas, autónomos, partes de baja, certificados, alta de notificaciones telemáticas, etc.

¿Quién puede solicitar la ayuda plan renove de maquinaria agrícola?

Cualquiera que tenga su explotación agrícola en Aragón y tenga maquinaria agrícola vieja para achatarrar

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.