Publicado el 02/03/2020

Convocadas subvenciones destinadas al sector de la producción y comercialización apícola

SUBVENCIÓN DE MATERIAL AL SECTOR APÍCOLA

 

Ha salido publicada la ORDEN AGM/130/2020, de 17 de febrero, por la que se convocan subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, para el año 2020.

 

¿Cuándo se puede solicitar?

 

El plazo de presentación de la solicitud acaba el 26/03/2020

 

¿Quién puede solicitarla?

 

Los apicultores (tanto personas físicas como jurídicas) titulares de una explotación apícola inscrita en el Registro General de Explotaciones (REGA) que cumplan los siguientes requisitos:

 

Estar en posesión del Libro de Explotaciones Ganaderas con anterioridad al 1 de Enero de 2019

 

Tener censadas en el libro de explotación 50 colmenas y que estos colmenares no estén en situación de abandono.

 

Tener un seguro de responsabilidad civil vigente.

 

Realizar al menos un tratamiento anual frente a varroosis.

 

Hacer una inversión mayor a 600 euros.

 

 

¿Qué gastos son subvencionables?

 

Los gastos realizados desde el 1 de agosto de 2019 al 31 de julio de 2020 en los siguientes conceptos:

 

Compra de cera nueva y material para la alimentación. (Comida y alimentadores/bebederos).

 

Adquisición de trampas y atrayentes para la captura de vespa velutina y gastos derivados de la aplicación de medidas preventivas para reducir los daños causados por el abejaruco a las colmenas.

 

Cambio de colmenas horizontales (Layens) por verticales (Layens con alzas, Langstroth, Dadant).

 

Adquisición de sistemas de protección o vigilancia antirrobo o geolocalización integrados en las colmenas.

 

Compra o mejora de medios de transporte y manejo de colmenas (remolques, grúas, elevadores, carretillas, enganches, rampas, grupos electrógenos, depósitos, toldos, adaptación de vehículos…) *

 

Gastos de aprovechamiento apícola (alquiler de terrenos) *

 

Preparación de asentamientos y accesos.*

 

Compra de sistemas de extracción y manipulación de miel (Extractores, maduradores, bidones, ahumadores, mezcladores, filtros, coladores, descristalizadores, sacudidores, etc….)

 

Contratación de seguro de daños y de responsabilidad civil de las colmenas.

 

* los apicultores solicitantes de las agroambientales de la PAC no pueden solicitar la ayuda con estos conceptos por ser incompatibles.

 

 

Para más información puede llamar a la A.D.S. APICOLA 974 990058 (martes y jueves por la mañana y miércoles por la tarde) o puede enviar un e-mail ads@adsapicolahu.es

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Preguntas frecuentes

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¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

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¿Qué documentación es necesaria para la realización del cuaderno de campo?
  • Facturas de productos fitosanitarios de toda la campaña agrícola.
  • Datos maquinaría agrícola empleada.
  • Justificantes SIGFITO.
  • Facturas cosecha.
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Para tener cubierto cualquier imprevisto que pueda afectar al desarrollo de mi actividad profesional. Durante el tiempo que este de baja, me abonaran una cantidad diaria, que me servirá para seguir manteniendo los gastos que tengo y poder disponer de unos ingresos para cubrir esas necesidades.

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Mediante la Solicitud Única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. 

Desde ASAJA HUESCA te recordamos la importancia de que se cumplimente correctamente dicha solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.

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