Convocadas subvenciones destinadas al sector de la producción y comercialización apícola

SUBVENCIÓN DE MATERIAL AL SECTOR APÍCOLA

 

Ha salido publicada la ORDEN AGM/130/2020, de 17 de febrero, por la que se convocan subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, para el año 2020.

 

¿Cuándo se puede solicitar?

 

El plazo de presentación de la solicitud acaba el 26/03/2020

 

¿Quién puede solicitarla?

 

Los apicultores (tanto personas físicas como jurídicas) titulares de una explotación apícola inscrita en el Registro General de Explotaciones (REGA) que cumplan los siguientes requisitos:

 

Estar en posesión del Libro de Explotaciones Ganaderas con anterioridad al 1 de Enero de 2019

 

Tener censadas en el libro de explotación 50 colmenas y que estos colmenares no estén en situación de abandono.

 

Tener un seguro de responsabilidad civil vigente.

 

Realizar al menos un tratamiento anual frente a varroosis.

 

Hacer una inversión mayor a 600 euros.

 

 

¿Qué gastos son subvencionables?

 

Los gastos realizados desde el 1 de agosto de 2019 al 31 de julio de 2020 en los siguientes conceptos:

 

Compra de cera nueva y material para la alimentación. (Comida y alimentadores/bebederos).

 

Adquisición de trampas y atrayentes para la captura de vespa velutina y gastos derivados de la aplicación de medidas preventivas para reducir los daños causados por el abejaruco a las colmenas.

 

Cambio de colmenas horizontales (Layens) por verticales (Layens con alzas, Langstroth, Dadant).

 

Adquisición de sistemas de protección o vigilancia antirrobo o geolocalización integrados en las colmenas.

 

Compra o mejora de medios de transporte y manejo de colmenas (remolques, grúas, elevadores, carretillas, enganches, rampas, grupos electrógenos, depósitos, toldos, adaptación de vehículos…) *

 

Gastos de aprovechamiento apícola (alquiler de terrenos) *

 

Preparación de asentamientos y accesos.*

 

Compra de sistemas de extracción y manipulación de miel (Extractores, maduradores, bidones, ahumadores, mezcladores, filtros, coladores, descristalizadores, sacudidores, etc….)

 

Contratación de seguro de daños y de responsabilidad civil de las colmenas.

 

* los apicultores solicitantes de las agroambientales de la PAC no pueden solicitar la ayuda con estos conceptos por ser incompatibles.

 

 

Para más información puede llamar a la A.D.S. APICOLA 974 990058 (martes y jueves por la mañana y miércoles por la tarde) o puede enviar un e-mail ads@adsapicolahu.es

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Preguntas frecuentes

¿Puedo aplicar fuera de mi explotación con el carnet básico de aplicador de fitosanitarios?

No, para ello es necesario tener el carnet nivel cualificado.

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿Cuáles son los requisitos de agricultor activo?

Para ser considerado agricultor activo, el solicitante de las ayudas de la PAC debe acreditar que no realiza ninguna de las actividades excluidas recogidas en el artículo 9.2 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Tampoco se concederán pagos directos si la persona física o jurídica, o el grupo de personas físicas o jurídicas, ejercen el control de una entidad asociada que realiza alguna de estas actividades excluidas. 

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
¿Cuáles son las necesidades de fertilización máximas?

En Zona Vulnerable 170 y en Zona no Vulnerable 210.