Medidas excepcionales en relación con la campaña agrícola 2021 para hacer frente a la crisis

ORDEN SAN 52.2021 MEDIDAS EXCEPCIONALES EN RELACION CON LA CAMPAÑA AGRICOLA 2021 PARA HACER FRENTE A LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19

 

El pasado  18 de febrero de  2021, Asaja Aragón y el resto de Organizaciones Agrarias se reunieron con el Consejero de Agricultura, la Consejera de Economía y la Consejera de Sanidad para abordar la ORDEN SAN 52/2021, de 15 de febrero, por la que se adoptan determinadas medidas excepcionales en relación con la campaña agrícola 2021 para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón.

 

Detallamos los principales aspectos:

 

Entra en vigor: viernes 19 de febrero de 2021.

 

Objeto: Establecer medidas excepcionales y obligatorias apli­cables a la campaña agrícola 2021 en las explotaciones con presencia de trabajadores tem­porales agrícolas, especialmente durante la actividad de recolección de la fruta dulce, inclu­yendo el aclareo y embolsado de frutos en árbol.

 

Ámbito: Comunidad Autónoma de Aragón

 

Medidas preventivas sanitarias en explotaciones agrícolas con presencia de trabajadores temporales: de obligatorio cumplimiento para los empresarios, empleadores y trabajadores temporales agrícolas en la campaña agrícola 2021, medidas contenidas en la Guía Anexa a la Orden.

 

Declaración responsable del titular de la explotación agrícola: Todos los perceptores de ayudas de la PAC o titulares de explotaciones inscritas en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA), con plantaciones de frutales de melocotón, nectarina, paraguayo, platerina, albaricoque, peral, manzana, cereza y ciruela, en una extensión total superior a una hectárea, quedan obligados a presentar, ante el De­partamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, una declaración responsable que debe identificar las superficies de frutales, así como incluir las previsiones de producción y de contratación laboral, especificando en caso de contratación a través de tercero, su iden­tificación.

 

En la declaración responsable se incluirá la manifestación del titular de la explotación agrícola del cumplimiento de las obligaciones laborales y sanitarias, así como de la constata­ción de que el trabajador dispone de un alojamiento adecuado, y en particular, de las medidas de prevención y control contenidas en la Guía publicada en el anexo I de esta Orden, con el compromiso de cumplir con las condiciones de los alojamientos puestos a disposición de los trabajadores temporales por el empleador.

 

Plazo y forma de presentación de las declaraciones responsables: un mes desde el día siguiente al de la publicación de la Orden. Los obligados a relacionarse con la Administración de forma electrónica lo harán a través del tramitador telemático online, las personas físicas no obligadas a relaciones por medios electrónicos con la Administración podrán hacerlo en papel.

 

Declaración responsable para los trabajadores temporales agrícolas: Los trabajadores temporales agrícolas deberán llevar consigo en todo momento una declaración responsable, que les debe de proporcionar su empleador y suscrita por ambos, conforme al modelo establecido en el anexo II, este modelo cumple con la justificación de desplazamientos.

 

 

Se adjunta las Declaraciones responsables del Titular de la Explotación:

 

 

 

 

 

 

 

Se adjunta las Declaracione del Trabajador temporal:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Se adjunta la Orden del Gobierno de Aragón:

 

 

 

 

 

 

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Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las necesidades de fertilización máximas?

En Zona Vulnerable 170 y en Zona no Vulnerable 210.

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
¿Por qué me interesa tener un seguro de baja?

Para tener cubierto cualquier imprevisto que pueda afectar al desarrollo de mi actividad profesional. Durante el tiempo que este de baja, me abonaran una cantidad diaria, que me servirá para seguir manteniendo los gastos que tengo y poder disponer de unos ingresos para cubrir esas necesidades.

¿Qué documentación es necesaria para la realización del cuaderno de campo?
  • Facturas de productos fitosanitarios de toda la campaña agrícola.
  • Datos maquinaría agrícola empleada.
  • Justificantes SIGFITO.
  • Facturas cosecha.
¿Se puede actuar a través de un colaborador social?

SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.

Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.