HUESCA: INICIO: 8 de enero al 27 de enero de 2024
HORARIO:
De lunes a viernes: 18:00 A 22:00 Horas
Excepto Miércoles 24: 15:00 A 19:00 Horas
Sábado 27: 9:00 A 13:00 Horas
TOTAL DE HORAS: 60
INCRIPCIONES: 974313242

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Excepto Miércoles 24: 15:00 A 19:00 Horas
Sábado 27: 9:00 A 13:00 Horas
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ASAJA advierte de que quedan fuera cultivos, producciones y zonas gravemente dañadas durante 2025 por las inclemencias meteorológicas, los daños de la fauna salvaje o las plagas.
Alejo Santos Clavero, de 4 años, acompañado de sus compañeros y profesores han disfrutado de la visita a la explotación de vacuno y manzana ecológica de Luis Lascorz, Casa Fes en Ainsa
A más de un mes del inicio de la campaña de la Renta, sigue sin publicarse en el Boletín Oficial del Estado, la rebaja de los índices de rendimiento neto por las inclemencias meteorológicas y circunstancias adversas de la campaña pasada
Se considera una herramienta más para el manejo de la explotación, no solamente la analítica de suelos, también de abonos químicos y de enmiendas orgánicas (purines), de hojas y de agua de riego sobre todo si es de pozo.
En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.
Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.
Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.
En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.
Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.
¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?
Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.
Es recomendable asegurar las producciones, pues estamos expuestos a muchas inclemencias climáticas en esta zona. Son frecuentes todos los años tormentas con pedrisco. En cinco minutos, un pedrisco se nos puede llevar todo el trabajo y toda la producción de la campaña. Asegurándola, por lo menos no perdemos todo y podemos equilibrar esas pérdidas económicas.
Sí, podemos asesorarle y ayudarle a formalizar este tipo de contratos y a resolver cualquier duda al respecto.