Ayudas para paliar los efectos de la DANA en Aragón

El Gobierno de Aragón convoca cinco líneas de ayudas por los efectos de la DANA a establecimientos industriales, mercantiles y comerciales,  viviendas, explotaciones agrarias y ganaderas,  entidades locales de la administracición y también a establecimientos turísticos.

Para explotaciones agrarias

Personas beneficiarias

Los titulares de explotaciones agrarias (agrícolas o ganaderas) que cumplan los requisitos desglosados en la Orden (consulta el apartado final de "Más información").

Cuantía

El montante global de estas ayudas asciende a 700.000 euros, que se distribuirán entre todas aquellas explotaciones que tengan daños en sus producciones e infraestructuras, y cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria.

Presentación de solicitudes

Tramitar Ayudas a los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias de Aragón debidos a las lluvias torrenciales de 2024.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de noviembre de 2024.

Para establecimientos industriales, mercantiles y comerciales

Actuaciones subvencionables

  • La reconstrucción de los edificios y de las instalaciones industriales, comerciales, mercantiles que hayan sufrido daños como consecuencia de las lluvias torrenciales.
  • La reposición del utillaje, del mobiliario y de otros elementos esenciales, así como las existencias y productos propios derivados de su actividad, .
  • La reparación de los daños o sustitución de la maquinaria y de los vehículos, que hayan sufrido daños como consecuencia de las lluvias torrenciales.
  • La reparación o reposición de las infraestructuras, accesos y conexiones en áreas industriales de entidades urbanísticas colaboradoras que hayan sufrido daños como consecuencia de las lluvias torrenciales.

Personas y entidades beneficiarias

Personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos industriales, comerciales y demás establecimientos mercantiles debidamente registrados a efectos fiscales, en funcionamiento, con independencia del número de empleados, que hayan sufrido daños o pérdidas de cualquier naturaleza (establecimientos, aparatos, equipos, productos o instalaciones industriales.

Cuantía

  • En el caso de establecimientos industriales y mercantiles: hasta cien mil euros, (100.000).
  • En el caso de establecimientos comerciales: hasta siete mil quinientos euros (7.500).
  • En el caso de infraestructuras, accesos y conexiones en áreas industriales de entidades urbanísticas colaboradoras: hasta doscientos mil euros (200.000).

Presentación de solicitudes

Tramitar Ayudas por daños y pérdidas producidas en establecimientos industriales, mercantiles y comerciales como consecuencia de lluvias torrenciales. Convocatoria 2024.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 15 de enero de 2024.

Para viviendas de particulares

Personas beneficiarias

Personas físicas o jurídicas propietarios de una vivienda habitual, de bienes de primera necesidad y determinados bienes muebles contenidos en aquella que haya sufrido cualquiera de los daños enumerados en la Orden (consulta el apartado final de "Más información").

Cuantía

El abono de las ayudas se hará por un importe máximo total de un millón doscientos mil (1.200.000) euros del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Presentación de solicitudes

Tramitar Ayudas a particulares de viviendas afectadas por los daños ocasionados como consecuencia de las lluvias torrenciales – Convocatoria 2024.

Plazo de presentación

El plazo de presentación finalizará el día 16 de enero de 2024, salvo daños ocultos que puedan surgir, en cuyo caso el plazo de presentación será hasta el 17 de mayo de 2025.

Para entidades locales aragonesas

Procedimiento

Solo se podrá presentar una solicitud, que puede incluir varias actuaciones, por acontecimiento catastrófico, esto es, por cada una de las DANAS sucedidas durante los últimos días del mes de agosto y principios de septiembre de 2024 y/o bien durante los últimos días del mes de octubre y primeros días de noviembre de 2024, en la que se podrán incluir varias actuaciones.

Los municipios deberán presentar solicitud por cada núcleo de población.

Cuantía

El importe máximo aplicable ascenderá a dos millones quinientos mil euros.

Presentación de solicitudes

Tramitar Subvenciones destinadas a financiar a entidades locales de Aragón afectadas por las DANAS.

Plazo de presentación

El plazo de presentación finalizará el día 29 de noviembre de 2024.

Para alojamientos y complejos turísticos

Personas y entidades beneficiarias

  • Las personas físicas o jurídicas, titulares de los establecimientos de alojamiento y complejos turísticos o,
  • los propietarios de los edificios, locales o instalaciones en los que se desarrollen las actividades de dicho establecimiento, excepto de viviendas de uso turístico, en funcionamiento, de titularidad pública o privada.

Los solicitantes de estas ayudas deberán constar debidamente registrados a efectos fiscales y en el Registro de Turismo de Aragón.

Cuantía

La cuantía global máxima prevista para esta convocatoria es de 1.500.000 de euros,

En caso de ser insuficiente, podrá ser objeto de ampliación hasta la cuantía necesaria para la cobertura de las solicitudes presentadas, siempre que cumplan con los requisitos para ser considerados beneficiarios.

Presentación de solicitudes

Tramitar Ayudas para alojamientos y complejos turísticos afectados por lluvias torrenciales.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 16 de enero de 2024.

 

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Preguntas frecuentes

¿Por qué asegurar mi producción?

Es recomendable asegurar las producciones, pues estamos expuestos a muchas inclemencias climáticas en esta zona. Son frecuentes todos los años tormentas con pedrisco. En cinco minutos, un pedrisco se nos puede llevar todo el trabajo y toda la producción de la campaña. Asegurándola, por lo menos no perdemos todo y podemos equilibrar esas pérdidas económicas.

¿Cómo se solicita la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Hay que solicitarlo exclusivamente de manera telemática, a través de la página de la Agencia Tributaria.

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de producción y movimiento de estiércol?

Existe obligatoriedad si:

  1. La explotación ganadera se encuentra en Zona Vulnerable.
  2. Si se trata de instalaciones de ganadería intensiva y tienen una capacidad de animales superior a unos mínimos establecidos. Así por ejemplo, una explotación con capacidad de 1.999 cerdos de cebo no estará obligada pero si una con 2.001 animales.
¿Por qué me interesa tener un seguro de baja?

Para tener cubierto cualquier imprevisto que pueda afectar al desarrollo de mi actividad profesional. Durante el tiempo que este de baja, me abonaran una cantidad diaria, que me servirá para seguir manteniendo los gastos que tengo y poder disponer de unos ingresos para cubrir esas necesidades.

¿Qué hay que hacer para cambiar de compañía de seguros?

Hay que enviar una carta de baja a la compañía, firmada por el tomador, con un mes de antelación al vencimiento. La carta ha de ir acompañada por una fotocopia del NIF del tomador. 

Después, quedarse una copia de lo enviado, pues muchas compañías dicen no haberla recibido.