ASAJA celebra la aprobación del cambio de estatus de protección del lobo en el Convenio de Berna

La Asociación Agraria – Jóvenes Agricultores (ASAJA) se congratula de que el Convenio de Berna haya decidido aprobar la rebaja del cambio de estatus de protección del lobo, que permit la convivencia con la ganadería. En este sentido,
lamentamos que el Gobierno de España siga manteniendo su rechazo a este cambio de estatus, sin considerar los datos reales de población de lobo en nuestro país, así como la desesperación de la comunidad ganadera.

Aunque la decisión final se publicará el próximo 6 de diciembre, la modificación de “especie de fauna estrictamente protegida” (Apéndice II) a “especie de fauna protegida” (Apéndice III), marca un precedente en la gestión del lobo, que debe ser ratificado posteriormente por la UE y aplicado por cada Estado miembro según considere adecuado. Así pues, instamos una vez más al Gobierno de España a alinearse con este cambio, que favorecerá laconvivencia entre el lobo y la ganadería. Se deben tomar medidas inmediatas y eficaces,dada la situación insostenible que padece el sector ganadero del noroeste español.

Asimismo, la asociación de agricultores insta ahora a la Comisión Europea a que incluya a los ganaderos que sufren los ataques de grandes carnívoros dentro de la nueva partida anunciada por el nuevo comisario de Agricultura, Christophe Hansen, destinada a la salud mental, puesto que es uno de los motivos que daña el bienestar emocional de los ganaderos, que se sienten desprotegidos y abandonados.

ASAJA también ha resaltado que ejercerá una vigilancia exhaustiva cuando el Gobierno de España vuelva a enviar el censo lobero a la CE para evitar que vuelva a enviar cifras anticuadas que no responden a la realidad.

Por último, ASAJA reclama que las indemnizaciones a ganaderos que sufren los ataques de lobos incluyan el lucro cesante, pérdida genética, abortos causados por el estrés tras el ataque y que las denuncias se reconozcan mediante una declaración responsable si no se logra encontrar el crotal del animal. Además, insta a la Administración a que colabore con
las entidades bancarias para agilizar los pagos indemnizatorios.
En este sentido, ASAJA reafirma su compromiso y sus alianzas con Copa-Cogeca, CEJA, ELO y FACE, para elevar las reclamaciones del sector agropecuario a las instituciones europeas, exigiendo soluciones que protejan tanto la biodiversidad como el sustento de las comunidades rurales.

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Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar la ayuda plan renove de maquinaria agrícola?

Cualquiera que tenga su explotación agrícola en Aragón y tenga maquinaria agrícola vieja para achatarrar

¿Qué debe de cumplir la maquinaría con la que realizo los tratamientos fitosanitarios?

La maquinaría debe estar inscrita en el ROMA y tener la ITEAF vigente.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

¿Puedo solicitar la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos del gasóleo B en ASAJA?

Sí, en ASAJA realizamos este trámite para nuestros socios.

¿Qué son las enfermedades preexistentes?

Son las enfermedades que el interesado ya tenía antes de la contratación del seguro médico y dependerá del seguro contratado si puede tratarse o no, o qué coste extra tendrá ese tratamiento.