Asaja AragÓn Solicita Una ReuniÓn De Urgencia Con El Ministerio De Agricultura Para Dar Respuesta A La SituaciÓn De Asfixia Y Abordar Las Medidas Estructurales Que Solucionen La Crisis De La Fruta Dulce

Además de las medidas estructurales que den rentabilidad al sector de la fruta dulce, y que como desde Asaja se lleva insistiendo pasan por la búsqueda de nuevos mercados, por el ordenamiento de la cadena alimentaria y por redefinir el papel de las Organizaciones de Productores, se deben abordar otras cuestiones a corto plazo, que eviten la asfixia del productor.

Una de estas cuestiones es el vencimiento que desde el Gobierno de Aragón se concedió a los fruticultores aragoneses con motivo del veto ruso. La ruinosa campaña de fruta hace imposible la devolución de estos préstamos, por lo que se deben estudiar medidas en la flexibilización de los pagos, como puede ser el aumento del periodo de carencia.

En estos se están produciendo pagos de campaña a los productores con liquidaciones de 15 céntimos por kilo que resultan ruinosas para el agricultor. Desde la administración, tanto autonómica como nacional se debe vigilar la cadena alimentaria, y hacer cumplir los dispuesto en la Ley de Cadena Alimentaria, de tal manera que se eviten malas prácticas que de seguir produciéndose van a llevar a la ruina a uno de los sectores que más empleo genera en Aragón y que más entrada de divisas supone.

Otras entradas de la misma categoría

Preguntas frecuentes

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿Infraseguro? ¿Sobreseguro?

Estas son dos situaciones que se pueden dar a la hora de asegurar una vivienda. En cada una de ellas, se atribuye un valor al objeto (o vivienda) asegurado por debajo o por encima de que realmente tiene. Ante una circunstancia de este tipo, en caso de producirse un siniestro, la entidad aseguradora tiene derecho a aplicar la regla proporcional.

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
¿Cuándo puede solicitarse la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior.

He tenido varios siniestros, ¿pueden subirme la prima?

Si el aumento de prima no está previsto en la póliza, la subida de la prima propuesta por la entidad aseguradora deberá ser aceptada por el tomador. Si la subida propuesta es para la siguiente renovación del contrato, deberán comunicárselo con una antelación mínima de dos meses a la citada renovación En caso de que el asegurado no acepte la subida de la prima, la entidad podrá negarse a prorrogar el contrato para el siguiente periodo de cobertura.

Si no se respeta el plazo de dos meses, la subida de primas no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador, y por tanto la entidad deberá respetar la prima del periodo anterior.