Ayudas para paliar los efectos de la DANA en Aragón

El Gobierno de Aragón convoca cinco líneas de ayudas por los efectos de la DANA a establecimientos industriales, mercantiles y comerciales,  viviendas, explotaciones agrarias y ganaderas,  entidades locales de la administracición y también a establecimientos turísticos.

Para explotaciones agrarias

Personas beneficiarias

Los titulares de explotaciones agrarias (agrícolas o ganaderas) que cumplan los requisitos desglosados en la Orden (consulta el apartado final de "Más información").

Cuantía

El montante global de estas ayudas asciende a 700.000 euros, que se distribuirán entre todas aquellas explotaciones que tengan daños en sus producciones e infraestructuras, y cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria.

Presentación de solicitudes

Tramitar Ayudas a los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias de Aragón debidos a las lluvias torrenciales de 2024.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de noviembre de 2024.

Para establecimientos industriales, mercantiles y comerciales

Actuaciones subvencionables

  • La reconstrucción de los edificios y de las instalaciones industriales, comerciales, mercantiles que hayan sufrido daños como consecuencia de las lluvias torrenciales.
  • La reposición del utillaje, del mobiliario y de otros elementos esenciales, así como las existencias y productos propios derivados de su actividad, .
  • La reparación de los daños o sustitución de la maquinaria y de los vehículos, que hayan sufrido daños como consecuencia de las lluvias torrenciales.
  • La reparación o reposición de las infraestructuras, accesos y conexiones en áreas industriales de entidades urbanísticas colaboradoras que hayan sufrido daños como consecuencia de las lluvias torrenciales.

Personas y entidades beneficiarias

Personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos industriales, comerciales y demás establecimientos mercantiles debidamente registrados a efectos fiscales, en funcionamiento, con independencia del número de empleados, que hayan sufrido daños o pérdidas de cualquier naturaleza (establecimientos, aparatos, equipos, productos o instalaciones industriales.

Cuantía

  • En el caso de establecimientos industriales y mercantiles: hasta cien mil euros, (100.000).
  • En el caso de establecimientos comerciales: hasta siete mil quinientos euros (7.500).
  • En el caso de infraestructuras, accesos y conexiones en áreas industriales de entidades urbanísticas colaboradoras: hasta doscientos mil euros (200.000).

Presentación de solicitudes

Tramitar Ayudas por daños y pérdidas producidas en establecimientos industriales, mercantiles y comerciales como consecuencia de lluvias torrenciales. Convocatoria 2024.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 15 de enero de 2024.

Para viviendas de particulares

Personas beneficiarias

Personas físicas o jurídicas propietarios de una vivienda habitual, de bienes de primera necesidad y determinados bienes muebles contenidos en aquella que haya sufrido cualquiera de los daños enumerados en la Orden (consulta el apartado final de "Más información").

Cuantía

El abono de las ayudas se hará por un importe máximo total de un millón doscientos mil (1.200.000) euros del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Presentación de solicitudes

Tramitar Ayudas a particulares de viviendas afectadas por los daños ocasionados como consecuencia de las lluvias torrenciales – Convocatoria 2024.

Plazo de presentación

El plazo de presentación finalizará el día 16 de enero de 2024, salvo daños ocultos que puedan surgir, en cuyo caso el plazo de presentación será hasta el 17 de mayo de 2025.

Para entidades locales aragonesas

Procedimiento

Solo se podrá presentar una solicitud, que puede incluir varias actuaciones, por acontecimiento catastrófico, esto es, por cada una de las DANAS sucedidas durante los últimos días del mes de agosto y principios de septiembre de 2024 y/o bien durante los últimos días del mes de octubre y primeros días de noviembre de 2024, en la que se podrán incluir varias actuaciones.

Los municipios deberán presentar solicitud por cada núcleo de población.

Cuantía

El importe máximo aplicable ascenderá a dos millones quinientos mil euros.

Presentación de solicitudes

Tramitar Subvenciones destinadas a financiar a entidades locales de Aragón afectadas por las DANAS.

Plazo de presentación

El plazo de presentación finalizará el día 29 de noviembre de 2024.

Para alojamientos y complejos turísticos

Personas y entidades beneficiarias

  • Las personas físicas o jurídicas, titulares de los establecimientos de alojamiento y complejos turísticos o,
  • los propietarios de los edificios, locales o instalaciones en los que se desarrollen las actividades de dicho establecimiento, excepto de viviendas de uso turístico, en funcionamiento, de titularidad pública o privada.

Los solicitantes de estas ayudas deberán constar debidamente registrados a efectos fiscales y en el Registro de Turismo de Aragón.

Cuantía

La cuantía global máxima prevista para esta convocatoria es de 1.500.000 de euros,

En caso de ser insuficiente, podrá ser objeto de ampliación hasta la cuantía necesaria para la cobertura de las solicitudes presentadas, siempre que cumplan con los requisitos para ser considerados beneficiarios.

Presentación de solicitudes

Tramitar Ayudas para alojamientos y complejos turísticos afectados por lluvias torrenciales.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 16 de enero de 2024.

 

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Preguntas frecuentes

¿Puedo comprar productos fitosanitarios sin tener el carnet de aplicador para tratar el huerto?

No, ninguna empresa o casa comercial puede vender productos a una persona que al menos debería tener mínimo el carnet de aplicador nivel básico.

¿Qué necesito presentar para poder acceder al Plan Renove de Maquinaria?

Nosotros realizaremos el trámite y solicitud. Tu simplemente aportanos lo siguiente:

Facturas de la maquinaria nueva

Certificado de achatarramiento

Tarjetas de ROMA

Identificación de la explotación...

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

¿Se deben tener en cuenta las pendientes de las parcelas a la hora de la fertilización?

Según el porcentaje de pendiente de una parcela no se podrán aplicar

  • Pendiente inferior al 10%: Se puede aplicar cualquier tipo de abonado
  • Pendiente entre 10-20%: se podrán aplicar fertilizantes de TIPO II y III pero no fertilizantes minerales o de síntesis.
  • Pendientes superiores al 20%: Solo aplicaciones  de origen orgánico, tipo deyecciones ganaderas con cama y materiales compostados (estiércol).
¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.