Se Crea Un Foro Para La Defensa De La Ganadería Extensiva

Las organizaciones profesionales agrarias de Aragón (ASAJA,Upa, Uaga, y Araga) se han reunido esta semana (con la participación también de las Cooperativas Agroalimentarias) y han decidido crear un Foro para la Defensa de la Ganadería Extensiva y trabajar en distintas medidas en favor de este importante motor económico en nuestra comunidad autónoma.Organizaciones agrarias y Cooperativas Agroalimentarias quieren mantener una reunión conjunta con el Gobierno de Aragón. De común acuerdo se quiere ‘vincular las ayudas a la realización de la actividad ganadera (ganadero activo) asociando la ayuda a la cabeza del animal en el máximo porcentaje posible’. En el encuentro se acordó la elaboración de propuestas conjuntas para dar a conocer a la administración autonómica y a los consumidores la importancia que tiene para Aragón la ganadería extensiva en todos sus aspectos, social, económico y medioambiental.El sector ganadero demanda soluciones para paliar los efectos de la sequía, la subida del precio de los piensos, y los recortes y falta de ayudas de las administraciones nacional y autonómica; y pide una nueva PAC dirigida a los agricultores-ganaderos profesionales.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo acceder a las ayudas si no tengo maquinaria vieja?

No puedes acceder a las ayudas si no tienes maquinaria vieja. Una de las bases de esta ayuda es que se achatarre la maquinaria vieja.

¿Por qué me interesa tener un seguro de baja?

Para tener cubierto cualquier imprevisto que pueda afectar al desarrollo de mi actividad profesional. Durante el tiempo que este de baja, me abonaran una cantidad diaria, que me servirá para seguir manteniendo los gastos que tengo y poder disponer de unos ingresos para cubrir esas necesidades.

¿Cuáles son los requisitos de agricultor activo?

Para ser considerado agricultor activo, el solicitante de las ayudas de la PAC debe acreditar que no realiza ninguna de las actividades excluidas recogidas en el artículo 9.2 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Tampoco se concederán pagos directos si la persona física o jurídica, o el grupo de personas físicas o jurídicas, ejercen el control de una entidad asociada que realiza alguna de estas actividades excluidas. 

¿Cuándo puede solicitarse la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior.

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.