Gobierno De Aragón Y Asaja Estudian Líneas De Apoyo A La Ganadería De Montaña Ante Posibles Ataques De Oso

Hoy ha tenido lugar en la localidad ribagorzana de Castejón de Sos una reunión en la que ha participado la administración autonómica, una representación de ASAJA y ganaderos afectados por la presencia del oso. La representación regional estaba encabezada por el Director General de Conservación del Medio Natural del Gobierno de Aragón, Pablo Munilla, con jefes de servicio, agentes de Sodemasa y de protección de la naturaleza; por ASAJA Aragón su secretario general, Ángel Samper, arropado por varios presidentes de ADS y ganaderos de las comarcas pirenaicas de Jacetania, Alto Gállego, Sobrarbe y Ribagorza. Esta reunión se ha convocado para abordar las posibles líneas de apoyo a la ganadería para compatibilizar esta actividad con la presencia del oso pardo en los Pirineos aragoneses.Uno de los temas imperantes en la reunión ha sido las medidas futuras para equilibrar la presencia del oso y el ganado en el Pirineo aragonés. Actualmente, se está trabajando en la elaboración de propuestas de nuevas medidas agroambientales para el nuevo Periodo de Programación del Plan de Desarrollo Rural. Munilla ha destacado que “aunque existe diferencia de posturas entre ambas partes, se ha llegado a un punto común y es que para gestionar el hábitat del oso pardo y de la Red Natura 2000, es necesaria la presencia de la ganadería extensiva”. Además, ha quedado patente la postura de apoyo del Gobierno de Aragón a aquellas explotaciones que están presentes en el territorio. Munilla ha recalcado “el mayor apoyo al ganado ovino que al vacuno porque existe más problemática en torno a esta cuestión”.Desde ASAJA se ha puesto sobre la mesa que “si el oso ha de convivir en el territorio, hay que buscar soluciones a los problemas que genera”. Por ello se han propuesto posibles medidas como apoyo a la concentración de rebaños, contratación de pastores, colocación de pastores eléctricos y apoyo al pastoreo en montes públicos, etc.Por otra parte, se pretenden revisar los modelos aplicados en Comunidades Autónomas vecinas sobre la coexistencia de oso y ganadería para poder aplicar soluciones equiparables en el caso aragonés. A este respecto, el Director General de Conservación del Medio Natural ha subrayado que “existen otras zonas como el Valle de Arán o la zona de Picos de Europa donde este problema ya tiene solución. Por ello se le ha propuesto a ASAJA hacer un viaje conjuntamente para ver cómo han solucionado ellos esta problemática y así poder mejorar en la medida de lo posible”.Por parte de DGA, Pablo Munilla ha señalado que “la administración es una aliada, no enemiga de los ganaderos, y la ganadería extensiva es fundamental para nuestro territorio, por eso vamos a seguir apoyándola, y por ello pido la colaboración de ASAJA y de los ganaderos, para el diseño de medidas de ayuda para facilitar esta convivencia”.Algunas de las propuestas irían en el sentido de ayudas para los ganaderos que realmente padecen el problema en sus rebaños de la presencia del oso, que se facilite el acceso de los rebaños a los montes públicos, que haya medidas de prevención (pastores eléctricos, patrullas, agrupamiento de ganado), y en definitiva intentar valorizar la presencia del oso como reclamo positivo. Los ganaderos y ASAJA han planteado a la DGA que se agilicen las indemnizaciones cuando se produzca un ataque, y que las ayudas vayan a los afectados reales.

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Preguntas frecuentes

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

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Se considera una herramienta más para el manejo de la explotación, no solamente la analítica de suelos, también de abonos químicos y de enmiendas orgánicas (purines), de hojas y de agua de riego sobre todo si es de pozo.

He tenido varios siniestros, ¿pueden subirme la prima?

Si el aumento de prima no está previsto en la póliza, la subida de la prima propuesta por la entidad aseguradora deberá ser aceptada por el tomador. Si la subida propuesta es para la siguiente renovación del contrato, deberán comunicárselo con una antelación mínima de dos meses a la citada renovación En caso de que el asegurado no acepte la subida de la prima, la entidad podrá negarse a prorrogar el contrato para el siguiente periodo de cobertura.

Si no se respeta el plazo de dos meses, la subida de primas no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador, y por tanto la entidad deberá respetar la prima del periodo anterior.

¿Qué ayudas puedo solicitar en mi solicitud única?

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