Incomprensible la exclusión de Zaragoza y Teruel dentro de las ayudas por sequía

El MAPA no toma en consideración las alegaciones de ASAJA Aragón al decreto de ayudas a los frutos de cáscara que ha excluido a las dos provincias aragonesas siendo de un 35% la bajada de producción

El Ministerio de Agricultura excluía a las provincias de Zaragoza y Teruel del paquete de ayudas directas para paliar los efectos derivados de la sequía en la producción del año 2024 de los frutos de cascara. Por ello ASAJA Aragón junto al Gobierno de Aragón mostraba su disconformidad y presentaba alegaciones al MAPA para la inclusión de estas comarcas aragonesas en el Real Decreto.

“No es lógico que se incluyan provincias como Tarragona y Castellón y no se ayude a las de Zaragoza y Teruel con la misma problemática de falta de agua en 2024” subrayaba Ramón Solanilla, secretario general de ASAJA Aragón.

 

Hoy el Consejo de ministros, a propuesta del MAPA, ha aprobado el real decreto que regula la concesión de una ayuda directa por un total de 20 millones de euros, procedentes de la reserva agrícola de la Unión Europea, a los productores de frutos de cáscara en secano ubicados en provincias que han sufrido una pérdida de producción importante debido a la sequía en 2024. Estas provincias, ubicadas en el arco mediterráneo español, son Almería, Alicante, Castellón, Murcia, Valencia y Tarragona.

Las provincias mencionadas anteriormente y recogidas en el ámbito de aplicación del real decreto son aquellas que han presentado una reducción de producción en 2024 respecto a la media de los últimos 5 años cercana al 30 %, y donde las precipitaciones fueron anormalmente bajas hasta el mes de mayo de 2024, momento crítico de desarrollo de los frutos. Por ello desde ASAJA Aragón se considera incomprensible que Zaragoza y Teruel no se hayan incluido en estas ayudas ya que, según datos de la Consejería de Agricultura de Aragón, en la provincia de Teruel fueron ocho las zonas calificadas como de afección máxima de sequía para la percepción de ayudas directas. En la provincia de Zaragoza, una decena de comarcas también cumplían estos parámetros de afección. Los datos barajados en Aragón son de una bajada de un 35% respecto a la producción media del periodo entre 2018 y 2023. 

Desde ASAJA Aragón se insiste en que la zonificación de ayudas debería hacerse por comarcas y no por provincias ya que los datos pueden variar mucho de una zona a otra.

Los importes máximos de ayuda establecidos son de 120 euros por hectárea para las superficies de frutos de cáscara en secano y de 240 euros para las superficies de avellano en regadío de la provincia de Tarragona.

Esta ayuda no requiere solicitud por parte de los beneficiarios. Será el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) quien la gestione y se concederá en base a la información disponible en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. De esta manera se garantizará una gestión rápida y eficaz de las ayudas porque el límite para el pago, según el reglamento de la Unión Europea, está fijado para el 30 de septiembre. Los fondos provienen de la reserva agrícola que la Unión Europea (UE) concedió a España el pasado mes de marzo.

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Preguntas frecuentes

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas de la PAC?

Desde el año 2016, el plazo de presentación de la Solicitud Única se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.

Mediante la Solicitud Única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. 

Desde ASAJA HUESCA te recordamos la importancia de que se cumplimente correctamente dicha solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.

¿Por qué asegurar mi producción?

Es recomendable asegurar las producciones, pues estamos expuestos a muchas inclemencias climáticas en esta zona. Son frecuentes todos los años tormentas con pedrisco. En cinco minutos, un pedrisco se nos puede llevar todo el trabajo y toda la producción de la campaña. Asegurándola, por lo menos no perdemos todo y podemos equilibrar esas pérdidas económicas.

¿Qué servicios presta Asaja Huesca a nivel laboral?

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¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.