La Comisión Europea atiende las reivindicaciones de ASAJA: incremento minimis a 50.000€

La Comisión Europea adoptó el martes, 10 de diciembre, una modificación del Reglamento de minimis en el sector agrícola, que permite duplicar el importe de las ayudas que el Estado miembro puede conceder bajo esta excepción a la regla de Mercado Único.

La CE introduce los siguientes cambios:

 

– La ampliación de 25.000 euros a 50.000 euros del límite máximo de minimis por empresa a lo largo de tres años, a fin de contemplar factores como la experiencia adquirida, la evolución de los mercados y la excepcional inflación sectorial en los últimos años, así como la inflación prevista hasta la fecha de expiración del Reglamento.

– El ajuste de los topes nacionales, que se calculan sobre la base del valor de la producción agrícola del Estado miembro. Los topes nacionales se actualizan del 1,5% al 2% de la producción agrícola nacional y el período de referencia se amplía de 2012-2017 a 2012-2023, lo que permite tener en cuenta el aumento del valor de la producción agrícola, especialmente durante los últimos años, ampliando así el tope nacional para todos los Estados miembros.

– La supresión del «tope sectorial», que impedía a los Estados miembros conceder ayudas de minimis superiores al 50% del tope nacional para el mismo sector de productos.

Por último, se introduce la obligatoriedad de un registro central de ayudas de minimis a escala nacional o europea, para aumentar la transparencia y disminuir el papeleo para los agricultores (microempresas en su mayoría), los cuales emplean actualmente un sistema de autodeclaración. Hasta ahora, este registro era voluntario.

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