La Fusión Jjaa-aea Es Una Realidad

El pasado 15 de julio tenía lugar la Asamblea General Extraordinaria en la que quedaba sellada la fusión entre Jóvenes Agricultores del Altoaragón y la Asociación Empresarial Agropecuaria, momento desde el que la entidad que surge de la misma se ha de llamar ya ASAJA Huesca a todos los efectos.La asamblea estuvo encabezada por ambos presidentes, Francisco Palacín por parte de Jóvenes Agricultores (tras el fallecimiento de Carlos Ferrer), y José Fernando Luna por la AEA. Durante la asamblea, se presentaron las cuentas de ambas entidades por separado y su resultado con la fusión, aprobadas por unanimidad, y acto seguido se procedió a la presentación de candidaturas para la constitución de la nueva Asamblea Provincial. Al existir una única candidatura, ésta se aprobó también por unanimidad, está compuesta por 30 personas, y de ella deberá salir el futuro presidente de la entidad. Tanto por parte de Francisco Palacín como de Fernando Luna, satisfacción por el paso dado, y recuerdo emocionado para la figura del desaparecido Carlos Ferrer, y la intención de trabajar para consolidar el liderazgo de ASAJA Huesca en el sector primario altoaragonés.Nueva Junta Provincial ASAJA HuescaFrancisco Palacín Rufas José Fernando Luna MazaSantiago Escudero Escanilla Luis de Pablo Ferrando Salvador Gros Gracia Jorge Susín MatuteJesús Escario Gracia José Mª Alcácera GraciaJosé Luis Cambra Gayán Constancio Calvo SanmartínSantiago Serveto Perna Javier Alastrué IborJosé Ramón Palacín Alastrué Manuel Losfablos CallauJosé Manuel Ubieto Roldán Antonio Barta AnoroÁngel Samper Secorún Fernando Regaño BlascoArturo Pascual Nadal Ernesto Catalán BosqueJesús Alastrué Zandundo Ramón Solanilla LanauJesús Rufas Avillá Manuel Castán TurmoSantiago Español Sorando Carlos Ciutad AdillónMiguel Turmo Ballestar Raúl Jordán PardoFernando Garcés Calvo Romualdo Aísa Escolano

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Preguntas frecuentes

¿Cómo puedo revisar las parcelas que voy a poner en mi PAC?

Al declarar las parcelas que constituyen la explotación sobre las que solicita ayudas, debe indicar su referencia en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).

Para ayudarle con esta tarea, puede consultar la información a través del Visor Nacional (http://sigpac.mapama.gob.es/fega/visor/) o en el visor de la Comunidad Autónoma de Aragón para el caso de las parcelas ubicadas en nuestra Comunidad (http://sigpac.aragon.es/visor/).

A lo largo de todo el año, desde nuestras oficinas de ASAJA HUESCA, nuestros técnicos le pueden ayudar a consultar esta información.

¿Qué ayudas puedo solicitar en mi solicitud única?

- Régimen de Pago Base y Pago Verde

- Régimen de Pequeños Agricultores

- Pago complementario a Jóvenes Agricultores

- Ayudas Asociadas Agrícolas y Ganaderas

- Ayudas Agroambientales

- Ayudas a Zonas con Limitaciones Naturales u Otras Limitaciones Específicas

- Ayudas a la Forestación de tierras agrícolas

- Devolución porcentaje líneas de seguros agrícolas y ganaderos contratados.

Para informarte mejor sobre cada una de estas ayudas, no dudes en ponerte en contacto con ASAJA y resolveremos tus dudas

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Cuáles son los requisitos de agricultor activo?

Para ser considerado agricultor activo, el solicitante de las ayudas de la PAC debe acreditar que no realiza ninguna de las actividades excluidas recogidas en el artículo 9.2 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Tampoco se concederán pagos directos si la persona física o jurídica, o el grupo de personas físicas o jurídicas, ejercen el control de una entidad asociada que realiza alguna de estas actividades excluidas. 

¿Cuáles son las necesidades de fertilización máximas?

En Zona Vulnerable 170 y en Zona no Vulnerable 210.