La vacunación contra la lengua azul será voluntaria

La vacunación contra la lengua azul en España hasta ahora obligatoria en determinadas zonas, pasa a ser voluntaria debido a la nueva estrategia nacional acordada entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y las comunidades autónomas en el seno del Comité RASVE.

La medida supone un  gran avance para los ganaderos ya que en  virtud de este acuerdo, toda España (salvo las islas) pasa a ser zona suspendida frente a los serotipos 1,3, 4 y 8, por lo que la vacunación contra la lengua azul pasará de ser obligatoria a voluntaria, y por tanto se podrán realizar movimientos de ovino y bovino en la España peninsular sin necesidad de PCR o vacunas obligatorias para los traslados.

 

  • Estos cambios en la estrategia para abordar la lengua azul en este 2025 entrarán en vigor próximamente, cuando se modifique la Orden Ministerial en vigor. 
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  • La sustitución del actual programa de erradicación por una estrategia de protección supone que, el territorio peninsular, pasará a ser zona suspendida frente a los serotipos actualmente presentes en la península. Conlleva la autorización de la vacunación voluntaria de los serotipos actualmente presentes en todo el territorio nacional, y, lo más importante, libre movimiento de bovinos y ovinos dentro del territorio nacional sin requisitos específicos, salvo presencia de síntomas clínicos de lengua azul. 
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El Comité RASVE, integrado por el MAPA y representantes de todas las comunidades autónomas, acordó esta semana una modificación de la estrategia para enfrentar la lengua azul . Esta enfermedad está causada por un virus transmitido por mosquitos del género Culicoides , afecta principalmente al ganado ovino y bovino, aunque no representa un riesgo para la salud humana.

En cuanto a la exportación se tendrán en cuanta los requisitos exigidos por los socios comerciales y paises receptores.

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Preguntas frecuentes

¿Qué documentación es necesaria para la realización del cuaderno de campo?
  • Facturas de productos fitosanitarios de toda la campaña agrícola.
  • Datos maquinaría agrícola empleada.
  • Justificantes SIGFITO.
  • Facturas cosecha.
¿Cuándo puede solicitarse la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior.

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?

SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.

Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

¿Cómo se solicita la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Hay que solicitarlo exclusivamente de manera telemática, a través de la página de la Agencia Tributaria.