Las sanciones a los fertilizantes amenazan la agricultura europea

El mismo día en que la Comisión Europea da a conocer su brújula estratégica para la competitividad europea, ha presentado simultáneamente una propuesta para imponer sanciones a los fertilizantes rusos y bielorrusos, una medida que afectará gravemente a la producción y la competitividad agrícolas.

Sin una estrategia clara de diversificación, los agricultores europeos pronto se encontrarán contra la pared. Desde hace años, Europa se enfrenta a una producción de fertilizantes insuficiente para satisfacer la demanda, lo que hace inevitables las importaciones. Esta situación no ha hecho sino empeorar tras el cierre de varias fábricas de fertilizantes en miembros de la UE. La aplicación del Mecanismo de Ajuste en la Frontera del Carbono (CBAM) por parte de la UE también aumentará aún más los costes tanto para la producción nacional como para los proveedores de terceros países que entren en el mercado de la UE.

Aunque comprendemos la legitimidad de las razones geopolíticas que impulsan a la Comisión a actuar, el sector agrícola debe afrontar las consecuencias económicas de estas decisiones. Actualmente, los agricultores europeos no tienen garantías de que el déficit de fertilizantes vaya a compensarse con un aumento de la producción nacional a un precio competitivo, argumento clave esgrimido por los partidarios de las sanciones propuestas.

 

Estas medidas harían subir los precios de los fertilizantes en al menos 40/45 euros por tonelada para la próxima campaña agrícola. Ello supondría una presión financiera adicional para las explotaciones agrícolas, que ya se enfrentan a una coyuntura económica muy complicada.

Las consecuencias para la producción agrícola, la competitividad y los ingresos de los agricultores podrían ser catastróficas. La propuesta de la Comisión se queda corta en muchos aspectos para las comunidades agrícolas de la UE, ya sea en relación con los elevadísimos aranceles que se aplicarán a partir de julio de 2025, el enfoque gradual de las sanciones o las suspensiones temporales propuestas basadas en los precios de 2024, que ya eran superiores a los de antes de la guerra.

Lo que es aún más preocupante es que la propuesta de la Comisión no incluye ninguna medida a medio o largo plazo que ofrezca perspectivas al sector, ya sea en la diversificación de las fuentes de suministro o en las siguientes medidas paliativas urgentes:

• Eliminar los derechos antidumping sobre las importaciones de, nitrato de amonio y mezclas de urea y nitrato de amonio originarias de Estados Unidos y Trinidad y Tobago.

• Suspender los derechos convencionales sobre las importaciones de, UAN, DAP, MAP y NPK (códigos 3102 10, 3102 80, 3105 30, 3105 40 y 3105 20 de la nomenclatura arancelaria).

• Conceder excepciones en virtud de la Directiva sobre nitratos para permitir el uso de efluentes ganaderos transformados (RENURE – Nitrógeno recuperado de estiércol y determinados digestatos) por encima del límite actual de 170 kg de N/hectárea.

Detrás de la complejidad de este expediente se esconde una cuestión fundamental: el futuro de la agricultura europea y la seguridad alimentaria de la UE. El Copa y la Cogeca instan a los Estados miembros y al Parlamento Europeo a que aborden rápidamente esta cuestión. También contamos con el nuevo Comisario de Agricultura, Christophe Hansen, para que dé rápidamente un paso al frente en esta cuestión y encuentre soluciones concretas para evitar lo que ya puede estar configurándose como una nueva crisis agrícola.

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Preguntas frecuentes

¿Qué plazos tengo para asegurar el cereal?

Esta cuestión es de vital importancia para la explotación. Preguntar en cada departamento de seguros. 

¿Qué debe de cumplir la maquinaría con la que realizo los tratamientos fitosanitarios?

La maquinaría debe estar inscrita en el ROMA y tener la ITEAF vigente.

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿Puedo comprar productos fitosanitarios sin tener el carnet de aplicador para tratar el huerto?

No, ninguna empresa o casa comercial puede vender productos a una persona que al menos debería tener mínimo el carnet de aplicador nivel básico.

¿Puedo solicitar la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos del gasóleo B en ASAJA?

Sí, en ASAJA realizamos este trámite para nuestros socios.