Los Agricultores Seguirán Teniendo Cubiertos Los Daños Por Fauna Silvestre Sin Coste Adicional

Según el acuerdo alcanzado el pasado viernes entre las organizaciones agrarias ASAJA, COAG y UPA, Cooperativas Agroalimentarias, la Real Federación de Caza, las Comunidades Autónomas, el MARM y el Ministerio de Economía y Hacienda, los agricultores podrán seguir asegurando sus cosechas contra los daños provocados por fauna cinegética y no cinegética, sin ningún coste adicional. Las OPAS y Cooperativas creemos que el acuerdo alcanzado el pasado viernes, que contempla varias medidas transitorias, es sólo un primer paso para lograr que los responsables del aprovechamiento cinegético de los cotos cumplan la responsabilidad que la ley establece, utilizando para ello los distintos seguros de responsabilidad civil que hay en el mercado.Así mismo el sector productor considera que es positiva la utilización de la información que los agricultores puedan proporcionar a las autoridades competentes en medio ambiente, a través de las comunicaciones de daños en cosecha, siempre que esta información se utilice para agilizar las medidas que contribuyan a prevenir y evitar los daños. Queremos dejar claro que la proliferación de fauna silvestre en zonas de cultivo no es culpa de los agricultores, sino que son precisamente los productores los que soportan las pérdidas en sus cosechas. Por ello, hacemos un llamamiento a la responsabilidad de las autoridades competentes que diseñan las políticas de conservación, para que se tengan muy en cuenta las consecuencias que dichas políticas tienen sobre las producciones agroganaderas.Las OPAS y Cooperativas entendemos que es imprescindible que los cazadores se responsabilicen claramente, de una vez por todas, de los daños producidos por las especies cinegéticas, y las administraciones de los daños producidos en las áreas de influencia de infraestructuras, zonas protegidas, etc. donde no se puede hacer control cinegético.

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Preguntas frecuentes

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o deducir de dicho importe el IVA?

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o se debe deducir de dicho importe el IVA?

El importe que se debe consignar es el importe total de la factura.

Cuando se ha adquirido gasóleo con cheques-gasóleo bonificado y el titular del establecimiento de venta minorista ha expedido factura, ¿se debe consignar en la solicitud de devolución el número de factura y el resto de los datos de la misma?

Las adquisiciones de gasóleo bonificado para las que el medio de pago utilizado haya sido el cheque gasóleo-bonificado, solo deben figurar en el apartado de la solicitud titulado “Adquisiciones realizadas mediante Cheques gasóleo”.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

¿Qué plazos tengo para asegurar el cereal?

Esta cuestión es de vital importancia para la explotación. Preguntar en cada departamento de seguros. 

¿Cómo puedo revisar las parcelas que voy a poner en mi PAC?

Al declarar las parcelas que constituyen la explotación sobre las que solicita ayudas, debe indicar su referencia en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).

Para ayudarle con esta tarea, puede consultar la información a través del Visor Nacional (http://sigpac.mapama.gob.es/fega/visor/) o en el visor de la Comunidad Autónoma de Aragón para el caso de las parcelas ubicadas en nuestra Comunidad (http://sigpac.aragon.es/visor/).

A lo largo de todo el año, desde nuestras oficinas de ASAJA HUESCA, nuestros técnicos le pueden ayudar a consultar esta información.

¿Qué hay que hacer para cambiar de compañía de seguros?

Hay que enviar una carta de baja a la compañía, firmada por el tomador, con un mes de antelación al vencimiento. La carta ha de ir acompañada por una fotocopia del NIF del tomador. 

Después, quedarse una copia de lo enviado, pues muchas compañías dicen no haberla recibido.