No Entendemos Por Qué Se Retrasa La Devolución Del Impuesto Especial De Hidrocarburos

Desde ASAJA se denuncia el incumplimiento por parte del Gobierno de los compromisos alcanzados con el sector agrario en la Mesa de Fiscalidad, ya que dadas las fechas en las que nos encontramos aún no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden que regula la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos para los agricultores y ganaderos correspondiente al período que va desde el 1 de octubre de 2007 al 31 de diciembre de 2008. Desde ASAJA Huesca se recuerda que en las reuniones de la Mesa de Fiscalidad celebradas en el año 2008, la Administración de comprometió a prorrogar la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos durante el período que iba de octubre de 2007 a diciembre de 2008, así como articular la puesta en marcha de un gasóleo profesional para el sector agrario. Además, la Ley 2/2008 de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, contemplaba en la disposición adicional quincuagésima séptima la devolución del IEH a agricultores y ganaderos.   Hay que recordar que esta devolución del Impuesto Especial de 0,079 €/litro de gasóleo agrícola, se hacía efectiva si el precio medio del carburante se incrementaba por encima del precio medio de los años 2004 y 2005, en el período de octubre 2007 a diciembre 2008 como así ha sido y donde se ha pagado por litro de gasóleo entre 0,60 y 0,70 € . ASAJA no entiende que a día de hoy y sin razón alguna para ello, aun no se haya publicado dicha Orden, dado que en el año pasado la Orden que regulaba la devolución de dicho impuesto así como el procedimiento de tramitación de la misma fue publicada en el BOE con fecha 19 de febrero, con lo que un gran número de solicitantes recibieron la devolución en el mes de marzo. Por todo ello, ASAJA solicita la Ministerio de Economía la inmediata puesta en marcha de los trámites oportunos para que cuanto antes llegue a los agricultores y ganaderos la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos, recordándole además la puesta en marcha de un gasóleo profesional en este año 2009, tal y como fue el compromiso adquirido con el sector.

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Preguntas frecuentes

¿Se deben tener en cuenta las pendientes de las parcelas a la hora de la fertilización?

Según el porcentaje de pendiente de una parcela no se podrán aplicar

  • Pendiente inferior al 10%: Se puede aplicar cualquier tipo de abonado
  • Pendiente entre 10-20%: se podrán aplicar fertilizantes de TIPO II y III pero no fertilizantes minerales o de síntesis.
  • Pendientes superiores al 20%: Solo aplicaciones  de origen orgánico, tipo deyecciones ganaderas con cama y materiales compostados (estiércol).
¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

¿Puedo realizar otros trámites relacionados con la PAC en mi solicitud conjunta?

Si, en la Solicitud Conjunta además de todas las Ayudas anteriormente descritas se pueden realizar los siguientes trámites:

- Cesiones de Derechos de Pago Base

- Solicitud de Derechos de Pago Base a la Reserva Nacional

- Alegaciones al SIGPAC

Para informarte mejor sobre cada una de estas solicitudes, llámanos a nuestras oficinas de ASAJA HUESCA y un técnico resolverá tus dudas.

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
¿Cuándo necesito un asesor para mi explotación?

Ver Lista cultivos exentos de asesoramiento

Ej.: En una explotación de más de 5 hectáreas de alfalfa en regadío se va a necesitar un asesor para este cultivo.