Nuevas Movilizaciones Del Sector Lácteo

Los representantes del sector lácteo de las organizaciones agrarias y cooperativas agroalimentarias se reunieron ayer y han anunciado un calendario de nuevas movilizaciones ante la falta de respuesta por parte del Gobierno a la demanda del sector. Las movilizaciones comenzarán el próximo 8 de mayo en las regiones con mayor producción y se prolongarán hasta finales de mes. Del mismo modo, organizaciones y cooperativas mantendrán próximas reuniones con los diferentes grupos parlamentarios. Tras analizar la situación que a día de hoy sigue padeciendo el sector lácteo debido a las masivas importaciones de leche de países foráneos, cooperativas y organizaciones agrarias insisten en realizar una propuesta conjunta sobre la gestión de los excedentes lácteos, resaltando que no están en contra de las importaciones de leche, sino de las prácticas fraudulentas como el ‘dumping’, el ‘nacionalismo comercial’ y la falta de controles. Señalar que las ‘malas’ prácticas llevadas a cabo por algunas industrias lácteas españolas, unido a las masivas importaciones, están provocando ‘una situación insostenible para los ganaderos, que están teniendo serias dificultades para vender más de 2 millones de litros diarios’. Las organizaciones agrarias y cooperativas han planteado a la industria un sistema de gestión de excedentes para retirar del mercado leche para su transformación en leche en polvo y mantequilla con destino a la intervención a través del Fondo Español de Garantía (FEGA), el cual podrá utilizar esas producciones para abastecer programas de ayuda alimentaria y similares.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo se otorgan las ayudas al plan renove de maquinaria

Las ayudas siempre se otorgan siguiendo el orden de solicitud de las mismas, siempre y cuando, cumplan con las bases que se exigen

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

Este año 2018 el cuaderno de explotación no sale con la PAC ¿cómo lo puede obtener?

Desde la Página del Gobierno de Aragón: https://aplicaciones.aragon.es/webenvios/pages/aplicaciones.xhtml

Introduciendo el D.N.I o C.I.F. y el código de barras que aparece en la PAC (primera página).

¿Por qué contratar un seguro de retirada y destrucción de animales muertos con el sistema de seguros

Garantiza incluso la mortalidad no habitual de una explotación.

Cubre la recogida y destrucción por sacrificios en la explotación, decretados por la Administración.