Publicada La Instrucción De La Dirección General De Producción Agraria Que Permite Aprovechar El Cultivo Antes Del 31 De Mayo En Las Parcelas Acogidas Al Pnfr

La novedad de este año es que se permite, ante la petición de Asaja Aragón, la recolección o siega. Se debe a que dadas las condiciones climáticas de esta campaña se ha adelantado la maduración de los cultivos.Recordemos que esta instrucción permite que en las parcelas acogidas al Plan Nacional de Fomento de Rotaciones en Tierras de Secano, fundamentalmente las destinadas a rotación mediante oleaginosas, leguminosas o proteaginosas, se realice un aprovechamiento antes del 31 de mayo. Este aprovechamiento podrá ser mediante recolección, laboreo superficial, pastoreo o siega.Es imprescindible comunicar a la OCA con al menos tres días de antelación las parcelas en las que vamos a realizar esta actuación, mediante el modelo que en la misma OCA nos facilitarán.De igual manera es imprescindible dejar una muestra representativa y homogénea de al menos el 2% (200 m2/ha) en cada parcela, de forma preferente al lado del camino de acceso.En caso de que no realizar la comunicación ni dejar la muestra testigo se puede llegar a perder la ayuda solicitada.

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Preguntas frecuentes

¿Es necesario SIGFITO?

La entrega de envases vacíos  en un centro oficial de recogida de envases es de obligatoriedad para cualquier persona que compre productos fitosanitarios.

Aquellas personas que  presenten PAC deberán tener al menos 2 entregas SIGFITO al año.

¿Qué hay que hacer para cambiar de compañía de seguros?

Hay que enviar una carta de baja a la compañía, firmada por el tomador, con un mes de antelación al vencimiento. La carta ha de ir acompañada por una fotocopia del NIF del tomador. 

Después, quedarse una copia de lo enviado, pues muchas compañías dicen no haberla recibido.

¿Por qué necesito un seguro de responsabilidad civil?

Por lo general, este seguro tiene por objeto cubrir daños a terceros, siempre que éstos se produzcan con culpa o negligencia del asegurado.

Cubrirá la muerte o lesiones causadas a terceros, los daños materiales a bienes pertenecientes a terceros y los gastos de defensa del asegurado, incluso por reclamaciones infundadas, así como honorarios y gastos de toda clase, de cargo del asegurado civilmente responsable.

¿Puedo solicitar la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos del gasóleo B en ASAJA?

Sí, en ASAJA realizamos este trámite para nuestros socios.

¿Cuándo puede solicitarse la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior.