Unanimidad De Las Cortes De Aragón Para Rechazar El Trasvase Y Pedir El Decreto De La Sequía

En el día de hoy, la comisión de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de las Cortes de Aragón ha rechazado por unanimidad el trasvase del río Ebro y ha solicitado la publicación inmediata del decreto de la sequía, apoyando los diputados autonómicos una propuesta del PSOE respecto a estas dos cuestiones.La propuesta de los socialistas solicitaba que ‘las Cortes de Aragón, tras la reciente reunión de la Comisión de Seguimiento del Pacto del Agua, rechacen el trasvase del Ebro, dadas las ‘ambiguas’ declaraciones del ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete’. En la misma proposición no de ley se insta al gobierno de Aragón a que solicite al ejecutivo central la publicación ‘inmediata’ del decreto de la sequía por la gravedad de las pérdidas económicas para la agricultura y la ganadería por la falta de lluvias en la comunidad autónoma.Desde el PP, su diputado José Manuel Cruz se ha remitido al ‘Acuerdo de Gobernabilidad PP-PAR donde se especifica el rechazo al trasvase del Ebro’ y ha insistido en el trabajo y el planteamiento del gobierno de Aragón en la lucha contra la sequía, por lo que ha remarcado el compromiso de su grupo político con las obras contenidas en el Pacto del Agua.Por parte PAR, Joaquín Peribáñez ha recordado ‘la importancia vital del tema del agua para los aragoneses’ y ha dicho que están manifestando una postura conjunta, ‘eso es lo importante’, del mismo modo que ha considerado que debido a las repercusiones de la sequía, es necesario que se publique el citado decreto.Joaquín Palacín, diputado de CHA, ha remarcado su ‘rechazo frontal al trasvase y a una política hidráulica desfasada y propia del siglo XIX’ y ha criticado algunas infraestructuras hidráulicas que a su juicio no son la solución, al tiempo que ha solicitado la publicación del decreto de la sequía para aliviar las pérdidas del sector agropecuario.Por último Miguel Aso, de IU, ha apoyado la iniciativa señalando que ‘la situación presupuestaria marca las inversiones del Estado y solo hay un objetivo ahora que es la reducción del déficit por lo que no se va a avanzar en los planes hidrológicos que proponen’ y, además, ‘no se le puede pedir que sea solidario al que no tiene, porque hablar de trasvase cuando nuestros ríos se secan es desde luego una quimera’.

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Preguntas frecuentes

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?

SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.

Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.

¿Existen bonificaciones para la contratación de trabajadores?

Dependiendo de la modalidad de contratación, existen diferentes tipos de bonificaciones, siempre cumpliendo una serie de requisitos, tanto la empresa que contrata como el trabajador.

¿Cuanto tiempo debo tener la maquinaria agrícola inscrita en el ROMA?

Para poder acceder a las ayudas a la renovación de maquinaria agrícola, se debe tener REGISTRADA EN EL ROMA CON UN MINIMO DE UN AÑO DE ANTELACION LA MAQUINA ACHATARRAR A NOMBRE DEL SOLICITANTE

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).