RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE AYUDA POR SEQUÍA 2024

Se ha publicado en el BOA la resolución de concesión de subvenciones directas a los agricultores y ganaderos de las zonas afectadas por la sequía en Aragón en 2024.
-Importes en AGRICULTURA:

ZONA DE AFECCION MAXIMA son:
No joven: 30 €/ha sembrada
Joven: 50 €/ha sembrada

ZONA AFECCIÓN GRAVE:
No joven: 20 €/ha sembrada
Joven: 40 €/ha sembrada

El máximo de esta ayuda serán 100 hectáreas.
Importe en GANADERIA
AMBAS ZONAS:
25€/UGM
2,5 €/oveja de más de 1 año
25 €/vaca de más de 2 años

El máximo de esta ayuda será de 1.000 ovejas y 100 vacas.
Desde ASAJA Huesca recomendamos revisar si estás incluido en la lista y cuadra el importe. En caso de no aparecer o que el importe no sea correcto, puedes contactar con nuestras oficinas para realizar el recurso correspondiente.
 

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Preguntas frecuentes

¿Infraseguro? ¿Sobreseguro?

Estas son dos situaciones que se pueden dar a la hora de asegurar una vivienda. En cada una de ellas, se atribuye un valor al objeto (o vivienda) asegurado por debajo o por encima de que realmente tiene. Ante una circunstancia de este tipo, en caso de producirse un siniestro, la entidad aseguradora tiene derecho a aplicar la regla proporcional.

¿Cuándo necesito un asesor para mi explotación?

Ver Lista cultivos exentos de asesoramiento

Ej.: En una explotación de más de 5 hectáreas de alfalfa en regadío se va a necesitar un asesor para este cultivo.

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

¿Puede un autónomo contratar personal?

Un autónomo, al amparo de su actividad agropecuaria y empresarial, puede contratar trabajadores por cuenta ajena como cualquier otra empresa.